Decreto N° 1113/05
Firmantes | Ibarra - Gorgal - Albamonte-Fernández |
Jefe de Gobierno | Aníbal Ibarra |
Emisor | Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires |
Fecha de la disposición | 22 de Julio de 2005 |
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
DECRETO N° 1113/ 05
INMUEBLE MIRAFLORES 2251, U.F. 1 - SE ENCOMIENDA A DISTINTOS ORGANISMOS REALIZAR TAREAS DE DEMOLICIÓN Y RETIRO DE CERRAMIENTOS FIJOS - ENCOMENDACIÓN DE TAREAS - DIRECCIÓN GENERAL DE FISCALIZACIÓN DE OBRAS Y CATASTRO - DIRECCIÓN GENERAL DE GUARDIA DE AUXILIO Y EMERGENCIAS
Buenos Aires, 22/07/2005
Visto el Expediente N° 60.313/03 relacionado con la finca sita en la calle Miraflores 2251 U.F. N° 1, y
CONSIDERANDO:
Que se ejecutaron obras sin permiso y en contravención en la finca citada;
Que la Dirección General de Fiscalización de Obras y Catastro, mediante Disposiciones Nros. 409-DGFOC/04 con fecha 4/2/04 y 1.957-DGFOC/04 con fecha 12/7/04, intimó al propietario a regularizar la situación del inmueble mencionado bajo apercibimiento de ejecutar las tareas por administración y a su costa, sin perjuicio de la aplicación de multas periódicas cada treinta (30) días hasta que se materialicen las mismas, conforme lo establecido en el artículo 2.2.5.2 "Demolición o regularización de obras en contravención - Trabajos de emergencia" A.D.630.14 del Código de la Edificación;
Que se notificó al interesado por cédulas de notificación de fechas 5 de febrero de 2004 y 16 de julio de 2004 respectivamente;
Que no obstante el tiempo transcurrido no se dio cumplimiento a lo intimado, resultando infructuosos los procedimientos adoptados hasta el momento para obtener su acatamiento;
Que es deber imperativo del Gobierno de la Ciudad el velar por la seguridad y estética públicas, encontrándose las mismas afectadas en el presente, atento a la existencia de obras antirreglamentarias;
Que para el supuesto de que no se permitiera el acceso del personal del Gobierno de la Ciudad a la finca, a efectos de ejecutar las tareas intimadas, corresponderá dar intervención a la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para que solicite se disponga en sede judicial el allanamiento;
Que ha intervenido la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, emitiendo dictamen al respecto;
Por ello y en virtud de las facultades conferidas por el artículo 104 y los deberes atribuidos por el artículo 105 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
EL JEFE DE GOBIERNO
DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
DECRETA:
Encomiéndase a la Dirección General de Fiscalización de Obras y Catastro...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba