Decreto N° 1039/05

FirmantesIbarra-Albamonte-Fernández
Jefe de GobiernoAníbal Ibarra
EmisorGobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Fecha de la disposición11 de Julio de 2005

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETO N° 1039/ 05

INMUEBLE AV. ENTRE RÍOS 1492 - SE AUTORIZA A LA ESCRIBANÍA GENERAL A INSTRUMENTAR LA DECLARATORIA DE DOMINIO MEDIANTE ESCRITURA PÚBLICA Y/O DOCUMENTO ADMINISTRATIVO - SEDE CENTRAL DE LA SECRETARÍA DE DESARROLLO SOCIAL

Buenos Aires, 11/07/2005

Visto el Expediente N° 20.754/05, antecedentes administrativos, inciso 1° del artículo 2342 del Código Civil y;

CONSIDERANDO:

Que por las mencionadas actuaciones la Escribanía General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires informa sobre la necesidad de regularizar la situación dominial del inmueble sito en la avenida Entre Ríos 1492 esquina calle Pavón 1765/1779/1785, identificado catastralmente como Circunscripción 12; Sección 14; Manzana 4; Parcela 11;

Que dicha propiedad es del dominio de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por estar situado dentro de los límites territoriales de la misma y carecer de otro dueño, conforme lo que establece el inciso 1° del artículo 2342 del Código Civil;

Que de un relevamiento efectuado por la citada Escribanía General, se ha comprobado que el bien pertenece a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, como continuadora de la ex Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires, pero no se encuentra inscripto como tal en el Registro de la Propiedad Inmueble;

Que por lo expuesto, resulta necesario regularizar la situación dominial de la referida finca, inscribiéndola en su totalidad y de acuerdo al Plano N° 1-C-2005 expedido por la Dirección General Fiscalización de Obras y Catastro con indicación de medidas, linderos y superficie, a nombre de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires según lo dispuesto por el artículo 2505 del Código Civil;

Que en tal sentido, resulta ser la Escribanía General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires quien debe cumplir con la regularización dominial, otorgando título formal para su matriculación en el Registro de la Propiedad Inmueble;

Que cabe destacar que conforme los antecedentes administrativos que obran en la Dirección General Administración de Bienes, dicho inmueble estuvo ocupado por el Dispensario de Salubridad y posteriormente por el Hogar Mercedes de Lasala y Riglos, pertenecientes a la entonces Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires;

Que asimismo, por Ordenanza N° 1.411 del 10 de marzo de 1972, se dispuso destinar el predio de referencia al funcionamiento de la Dirección General de Asistencia de la Comunidad y la...

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