Decreto N° 1042/05

FirmantesIbarra-Epszteyn-Fernández
Jefe de GobiernoAníbal Ibarra
EmisorGobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Fecha de la disposición11 de Julio de 2005

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETO N° 1042/ 05

DECLARACIÓN - 12A EXPOSICIÓN DE PELUQUERÍA, PERFUMERÍA, COSMÉTICA, ESTÉTICA Y BELLEZA COSMESUR BEAUTY WORLD BUENOS AIRES 2005: SE LA DECLARA DE INTERÉS DEL GOBIERNO DE LA CIUDAD

Buenos Aires, 11/07/2005

Visto el Expediente N° 16.460/05 y la Ley N° 578 (B.O.C.B.A. N° 1191), y

CONSIDERANDO:

Que, por la actuación citada en el visto, la Cámara Argentina de la Industria de Cosmética y Perfumería e Indexport Messe Frankfurt S.A. solicitan la declaración de interés del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires de la 12a Exposición de Peluquería, Perfumería, Cosmética, Estética y Belleza, Cosmesur Beauty World Buenos Aires 2005, que se realizará del 16 al 19 de septiembre de 2005 en el Predio Ferial La Rural ubicado en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que, a fin de evaluar la solicitud que se gestiona, corresponde reflexionar sobre la importante tarea que realiza la Cámara Argentina de la Industria de Cosmética y Perfumería que reúne a todas las empresas del sector y su representatividad se suma a la experiencia de Indexport Messe Frankfurt en eventos de relevancia internacional como el que nos ocupa;

Que tal actitud se ve reflejada en los objetivos de la mencionada exposición ya que la misma reúne en un mismo lugar a compradores, prestadores de servicios, inversores, fabricantes y proveedores provenientes de Latinoamérica y Europa que proyectan realizar negocios a nivel nacional, regional e internacional, siendo a su vez ámbito propicio para presentar las novedades en productos de belleza, las mejores técnicas y nuevos estilos en peinados, cosmética y estética;

Que, para reafirmar lo expuesto anteriormente, cabe tener en cuenta que, paralelamente a la referida muestra, se realizará el Congreso de Actualidad Estética donde esteticistas y dermatólogos presentarán las últimas tendencias de un sector en permanente crecimiento;

Que por otro lado es atendible contemplar favorablemente la solicitud de las recurrentes, la Cámara Argentina de la Industria de Cosmética y Perfumería e Indexport Messe Frankfurt S.A. ya que la misma no conlleva pedido de exención de aranceles, tasas y/o contribuciones, ni ocasiona erogación alguna al Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que consecuentemente, y en vista de lo expuesto, en el presente caso se da cumplimiento a lo determinado en la Ley N° 578 (B.O.C.B.A. N° 1191), motivo que justifica...

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