Decreto N° 716/05

FirmantesIbarra-Albamonte-Fernández
Jefe de GobiernoAníbal Ibarra
EmisorGobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Fecha de la disposición27 de Mayo de 2005

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETO N° 716/ 05

NORMA DEROGADA - DESIGNACIÓN DE MIEMBROS - DESIGNA REPRESENTANTES AD-HONOREM PARA INTEGRAR LA COMISIÓN PARA LA REFORMA TRIBUTARIA DE LA CIUDAD - DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS - ALEJANDRO OTERO - MARCELO LA BANCA - DIRECCIÓN GENERAL TÉCNICA ADMINISTRATIVA Y LEGAL - SECRETARÍA DE HACIENDA Y FINANZAS - LAURA DELFINO - OFICINA DE INVERSIÓN PÚBLICA Y PLANEAMIENTO - LEONARDO PERICHINSKY - LEY 1546

Buenos Aires, 27/05/2005

Visto el Expediente N° 16.688/05 e incorporado, la Ley N° 1.546 y su modificatoria Ley N° 1.656, sancionadas por la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y

CONSIDERANDO:

Que por el artículo 1° de la Ley N° 1.546 se creó la Comisión para la Reforma Tributaria de la Ciudad de Buenos Aires, con la finalidad de elaborar una nueva propuesta para los Códigos Tributario y Fiscal, estableciéndose la cantidad de representantes que la integrarán, tanto por el Poder Ejecutivo de este Gobierno, como por la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que se dispuso el carácter ad hoc de la citada comisión y la elevación de la propuesta pertinente al referido órgano legislativo, como así también, que los miembros de la misma, desempeñarán su tarea específica ad honorem, no teniendo, en consecuencia, derecho a retribución de ninguna naturaleza por dicha función;

Que al respecto, la Ley N° 1.656 modificó la integración de dicha comisión, en cuanto a la representación de este Poder Ejecutivo, disponiendo que la misma estará compuesta por cuatro (4) funcionarios del mismo, los cuales no podrán tener rango inferior a Director General;

Que como consecuencia de lo expuesto, corresponde proceder a la designación ad honorem de los representantes por parte de este Poder Ejecutivo;

Por ello, teniendo en cuenta lo establecido en la Ley N° 1.546 y su modificatoria Ley N° 1.656 y en uso de las facultades legales que le son propias (artículo 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires),

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Artículo 1°

Desígnanse, con carácter ad-honorem, como representantes...

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