Decreto N° 711/05

FirmantesIbarra-Gorgal-Fernández
Jefe de GobiernoAníbal Ibarra
EmisorGobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Fecha de la disposición27 de Mayo de 2005

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETO N° 711/ 05

RATIFICA CONVENIO ENTRE LA SECRETARÍA DE SEGURIDAD Y LA OFICINA ANTICORRUPCIÓN DEL MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS DE LA NACIÓN - RATIFICACIÓN DE CONVENIOS - CONVENIO MARCO DE COOPERACIÓN Y ASISTENCIA TÉCNICA - DISEÑO - DESARROLLO - PROGRAMAS DE COOPERACIÓN - ASISTENCIA TÉCNICA - CAPACITACIÓN

Buenos Aires, 27/05/2005

Visto el Expediente N° 23.597/05 y;

CONSIDERANDO:

Que por la referida actuación tramita un convenio que fuera oportunamente suscripto entre la Secretaría de Seguridad del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y la Oficina Anticorrupción del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación;

Que por el citado acuerdo, las partes acuerdan diseñar y desarrollar programas de cooperación, asistencia técnica y capacitación, en áreas de mutuo interés, vinculadas con la transparencia y el control en la gestión administrativa y los actos de gobierno;

Que asimismo, las partes manifiestan su interés en desarrollar, de común acuerdo y en forma coordinada, acciones relacionadas entre otras, con la prevención y detección temprana de hechos de corrupción, mediante el diseño de políticas de gestión y administración tendientes a reducir las oportunidades de hechos delictivos o contrarios a la ética pública;

Que en este orden de ideas, a los fines de impulsar las acciones previstas en el presente convenio, las partes se comprometen a establecer los canales y mecanismos de gestión que resulten más convenientes para favorecer el fluido intercambio de información y el adecuado desarrollo de tales acciones;

Que cabe destacar que dada la importancia que reviste el presente convenio, el suscripto presenció la celebración del mismo;

Por ello, en uso de las facultades legales que le son propias (artículo 104, incs. 1° y 3° de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires y artículo 19 inc. a) de la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires),

EL JEFE DE GOBIERNO

DE...

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