Decreto N° 15/LCABA/VP/05
Firmantes | De Estrada - Moscariello |
Jefe de Gobierno | Aníbal Ibarra |
Emisor | Vicepresidencia Primera |
Fecha de la disposición | 4 de Febrero de 2005 |
LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
VICEPRESIDENCIA PRIMERA
DECRETO N° 15/ LCABA/ VP/ 05
ORDENA UN PAGO EN FAVOR DE DEL ROSARIO SRL - SERVICIO DE LIMPIEZA INTEGRAL MANTENIMIENTO DE INSTALACIONES - ESCUELA INFANTIL - PALACIO LEGISLATIVO - LEGÍTIMO ABONO
Buenos Aires, 04/02/2005
Visto, el Expediente N° 25.037-SA/05; y,
CONSIDERANDO:
Que por Resolución N° 218-SA/03 se aprobó la contratación directa N° 166/02 tendiente a la contratación de un servicio de limpieza integral y su correspondiente mantenimiento en las instalaciones de esta Legislatura sita en Perú 130 y de la escuela infantil ubicada en Humberto 1° 782, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por un período de veinticuatro meses (24) meses;
Que la firma empresa Del Rosario S.R.L., brindaba el servicio mencionado conforme a lo descripto bajo Orden de Provisión N° 43/03, cuyo vencimiento operó el día 31 de marzo de 2004;
Que por Resolución N° 125-SA/04, se prorrogó el servicio de limpieza integral y su correspondiente mantenimiento por un período de seis (6) meses y por Resolución N° 1.050-SA/04 se amplió la Orden de provisión N° 43/03, para las oficinas situadas en Perú 139 pisos 1° y 2° por el mes de septiembre de 2004;
Que hasta tanto se adjudique la nueva contratación, resulta imprescindible seguir contando con el servicio brindado por dicha empresa;
Que la firma mencionada, presenta para su cobro facturas (fs. 1/2) N° 0001-00001850 por la suma de pesos cincuenta y dos mil cuatrocientos cincuenta ($ 52.450) y N° 0001-00001849 por la suma de pesos cuatro mil setecientos cincuenta y tres ($ 4.753), conformando un monto total de pesos cincuenta y siete mil doscientos tres ($ 57.203), en concepto del servicio de limpieza integral y mantenimiento de las instalaciones del Palacio Legislativo, de la escuela materno infantil de esta Legislatura y de las oficinas sitas en Perú 139, efectuado durante el mes de diciembre de 2004;
Que en tal sentido a fs. 55, 56 y 57 la Dirección General de Obras y Servicios Operativos y la Directora de la escuela materno infantil respectivamente, prestan las respectivas conformidades;
Que, por ser un gasto que no ha sido aprobado en tiempo y forma, y a su vez carecer de imputación en el ejercicio 2004, debe declararse por decreto de legítimo abono, en cumplimiento de lo prescripto en la Ordenanza N° 21.704;
Que en uso de las facultades conferidas por Resolución...
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