Decreto N° 2/LCABA/05

FirmantesDe-Estrada-Moscariello
Jefe de GobiernoAníbal Ibarra
EmisorLegislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Fecha de la disposición11 de Enero de 2005

LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETO N° 2/ LCABA/ 05

AKUA S.A. - SE ORDENA UN PAGO EN SU FAVOR - LEGÍTIMO ABONO - PAGO DE GASTOS - LICITACIÓN PRIVADA 2/03 - PROVISIÓN DE BIDONES DE AGUA

Buenos Aires, 11/01/2005

Visto, el Expediente N° 24.902, letra SA, año 2005, y

CONSIDERANDO:

Que por Resolución N° 559-SA/03, se aprobó la Licitación Privada N° 2/03, por la cual se adjudicó la firma Akua S.A. la provisión de bidones de agua para esta Casa Legislativa, conforme lo determinado en la Orden de Provisión N° 205/04, cuyo vencimiento operó en septiembre de 2004;

Que hasta tanto se adjudique la nueva contratación y con el fin de garantizar el normal desenvolvimiento de las tareas en esta Legislatura, se requirió a la firma mencionada que continúe con la entrega de los bidones mencionados;

Que a fs. 1, la firma Akua S.A., presenta factura N° 1-00005935 (fs.1) al cobro por la suma total de pesos dos mil seiscientos ochenta y cinco con sesenta centavos ($ 2.685,60) en concepto de provisión de setecientos cuarenta y seis (746) bidones de agua mineral de 20 litros c/u, durante el mes de diciembre de 2004;

Que, por ser un gasto que no ha sido aprobado en tiempo y forma, y a su vez carecer de imputación en el ejercicio 2004, debe declararse por decreto de legítimo abono, en cumplimiento de lo prescripto en la Ordenanza N° 21.704.

Que en uso de las facultades conferidas por Resolución N° 1/97 del Cuerpo Legislativo, por el artículo 88 del Reglamento Interno de la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y el artículo 71 de la Constitución local.

Por ello,

EL VICEPRESIDENTE PRIMERO DE LA LEGISLATURA

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Artículo 1°

Declárase de legítimo abono el presente gasto, en virtud que no ha sido aprobado en tiempo y forma, y carecer el mismo de imputación en el ejercicio 2004.

Artículo 2°

Páguese a la firma Akua S.A., la suma de pesos dos mil seiscientos cinco con cuatro centavos...

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