Decreto N° 80/05

FirmantesIbarra - Feletti - Fernández
Jefe de GobiernoAníbal Ibarra
EmisorGobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Fecha de la disposición14 de Enero de 2005

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETO N° 80/ 05

VETA EL PROYECTO DE LEY N° 1.574 - SISTEMA INFORMÁTICO DE OBRAS DE INFRAESTRUCTURA Y ARQUITECTURA URBANA - BASES DE DATOS - SECRETARÍA DE INFRAESTRUCTURA Y PLANEAMIENTO - ESPACIO PÚBLICO

Buenos Aires, 14/01/2005

Visto el Expediente N° 82.052/04 y la Ley N° 1.574, y

CONSIDERANDO:

Que por dicha Ley se crea el Sistema Informático de Obras de Infraestructura y Arquitectura Urbana (SIDIAU), consistente en una base de datos pública informática que almacenará y centralizará toda la información técnica, legal y presupuestaria, referida a las obras planeadas, ejecutadas o en ejecución que afecten directa o indirectamente el espacio público de la Ciudad de Buenos Aires;

Que al mismo tiempo se designa como órgano de aplicación de la ley mencionada a la Secretaría de Infraestructura y Planeamiento de este Gobierno o el organismo que la reemplace en el futuro;

Que en las disposiciones de dicha ley se incluyen las obras planeadas y/o ejecutadas, cualquiera sea el origen de los fondos con que operen, por las empresas particulares, sean personas físicas o jurídicas de derecho privado, incluidas las empresas prestatarias de servicios públicos otorgados por concesión, licencia u otro mecanismo legal y por este Gobierno, por intermedio de sus reparticiones centralizadas o descentralizadas, autónomas o autárquicas, por sí o por medio de personas o entidades privadas u oficiales;

Que también se establece que el SIDIAU tendrá por finalidad facilitar la gestión de este Gobierno en materia de planificación, coordinación y contralor en el uso del espacio público, minimizando los costos sociales que generan las obras, de manera de reducir el impacto en el ambiente y en el tránsito vehicular y peatonal, y garantizando al mismo tiempo el derecho de los ciudadanos al seguimiento y control de los actos públicos;

Que asimismo la citada ley establece que el SIDAU, estará dividido en las áreas de Vía Pública y Espacio Aéreo, Instalaciones y Servicios Públicos Subterráneos y Edificios Públicos;

Que al respecto se debe destacar que mediante Decreto N° 1.233-GCBA/2004 se creó, dependiente de la Subsecretaría de Gestión y Administración Financiera de la Secretaría de Hacienda y Finanzas, la Dirección General de la Oficina de Inversión Pública y Planeamiento, estableciéndose como responsabilidades primarias de la misma las de planificar, dirigir, efectuar la coordinación y el control del funcionamiento del Sistema de Inversiones, como órgano rector, formular anualmente el Plan de Inversión Pública, organizar y mantener actualizado el Banco de Proyectos de Inversión, ejercer todas aquellas responsabilidades que la Ley N° 70 acuerda al órgano rector de los Sistemas de Inversión Pública, como así también administrar y constituirse en el órgano operativo del Fondo de Preinversión (FOPRE) a fin de asistir a los distintos sectores y áreas prioritarias en el...

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