Decreto N° 58/05
Firmantes | Ibarra-Epszteyn-Fernández |
Jefe de Gobierno | Aníbal Ibarra |
Emisor | Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires |
Fecha de la disposición | 12 de Enero de 2005 |
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
DECRETO N° 58/ 05
ADOLFO J CONDELLO - SE DECLARA LA INCOMPETENCIA DE LA ADMINISTRACIÓN PARA ENTENDER EN EL EXPEDIENTE N° 45.356/02 - SUMARIO ADMINISTRATIVO - COORDINACIÓN ECOLÓGICA ÁREA METROPOLITANA SOCIEDAD DEL ESTADO - CEAMSE
Buenos Aires, 12/01/2005
Visto el Expediente N° 45.356/02, y
CONSIDERANDO:
Que mediante el citado Expediente tramita la presentación realizada por el señor Adolfo José Condello, DNI 7.866.682, invocando su calidad de parte en un sumario administrativo que habría instruido la Coordinación Ecológica Área Metropolitana Sociedad del Estado (CEAMSE);
Que la presentación fue realizada con fecha 23/8/02 al señor Jefe de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, donde, luego de narrar los antecedentes que originaron el Sumario a que alude, manifiesta que no tomó vista de las actuaciones a pesar de sus reiteradas peticiones ante la CEAMSE, considerando lesionado su derecho de defensa en juicio, además de su legítimo derecho a una decisión fundada;
Que, según surge de las constancias agregadas a la actuación analizada, la CEAMSE ha informado que no ha podido hallarse el Sumario aludido, por lo que el presentante solicitó la reconstrucción de las actuaciones obteniendo la anterior respuesta dada por la Sociedad;
Que, con fecha 22/10/02 la Dirección General Técnica Administrativa y Legal, dependiente de la entonces Secretaría de Medio Ambiente y Planeamiento Urbano entendió que los actuados debían ser devueltos al presentante para que ocurra por la vía legal correspondiente, y que habiéndose cumplimentado los requisitos legales y formales resultaba procedente remitir las actuaciones a la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires;
Que, con fecha 13/11/02, el entonces señor Secretario de Medio Ambiente y Planeamiento Urbano consideró que conforme surgía de las actuaciones y en atención a lo informado por la Dirección General Técnica Administrativa y Legal, correspondía dar intervención a la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires, en cumplimiento de lo dispuesto por el art. 7° de la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad de Buenos Aires, aprobada por Decreto N° 1.510-GCBA/97, ratificada por Resolución N° 41-LC/98;
Que, el Órgano Jurídico Asesor emitió el Dictamen N° 15.208 de fecha 18/3/03, expresando que: …la CEAMSE, como sujeto de derecho público, encuadra su accionar en los términos de la Ley N° 20.705...
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