Decreto N° 2209/04

FirmantesIbarra - Telerman (A/C) - Albamonte - Fernández
Jefe de GobiernoAníbal Ibarra
EmisorGobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Fecha de la disposición 7 de Diciembre de 2004

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETO N° 2209/ 04

APRUEBA EL PROYECTO DE CONVENIO A CELEBRARSE ENTRE EL GOBIERNO Y ORGANIZACIONES NO GUBERNAMENTALES PARA LA INVESTIGACIÓN, CAPACITACIÓN Y PRODUCCIÓN DE LA TAREA VOLUNTARIA - O.N.G.S. - SECRETARÍA DE DESARROLLO SOCIAL - PROGRAMA DE VOLUNTARIADO SER SOLIDARIO - VOLUNTARIOS - TERCER SECTOR - TRABAJO COMUNITARIO - RESPONSABILIDAD SOCIAL - FINANCIAMIENTO - CULTURA DE PAZ - PARTICIPACIÓN CIUDADANA - VIOLENCIA FAMILIAR - EDUCACIÓN NO FORMAL - PRIMEROS AUXILIOS - TERCERA EDAD - DISCAPACIDAD - ECONOMÍA SOCIAL - REDES - MEDIACIÓN - NEGOCIACIÓN - RECREACIÓN - FORMACIÓN EN MICROEMPRENDIMIENTOS

Buenos Aires, 07/12/2004

Visto el Expediente N° 65.884/04, y

CONSIDERANDO:

Que es necesario, promover la participación de Ciudadanos, Organizaciones, Universidades y entidades de Bien Publico, que elijan comprometerse con una tarea de apoyo, resultando que la tarea voluntaria en ese sentido tiene por finalidad recrear la solidaridad en nuestra sociedad;

Que el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, entiende la necesidad de apoyar y fomentar a aquellos proyectos sobre investigación, capacitación y producción de la tarea voluntaria;

Que las iniciativas desplegadas por los diferentes actores sociales necesitan de la promoción financiera y el apoyo técnico para la implementación de nuevos mecanismos de coordinación social;

Que a través de la investigación, capacitación y producción de la tarea voluntaria, se propicia el fortalecimiento de diversos grupos de voluntariado, que en diferentes temáticas, realizan la reconstrucción del tejido social y contribuyen a profundizar la cultura de la solidaridad en el ámbito de la Ciudad de Buenos Aires;

Que la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires ha tomado la intervención que le compete;

Por ello y en uso de las facultades legales que le son propias (artículos 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires),

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Artículo 1°

Apruébase el Proyecto de Convenio a celebrarse entre el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y Organizaciones No Gubernamentales, orientadas a la Investigación, Capacitación y Producción de la Tarea Voluntaria, que como Anexo forma parte integrante de la presente norma.

Artículo 2°

Facúltase al señor Secretario de Desarrollo Social a...

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