Decreto N° 1188/04

FirmantesIbarra-López-Albamonte-Fernández
Jefe de GobiernoAníbal Ibarra
EmisorGobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Fecha de la disposición 6 de Julio de 2004

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETO N° 1188/ 04

ENCOMIENDA A LA DIRECCIÓN GENERAL DE FISCALIZACIÓN DE OBRAS Y CATASTRO Y A LA DIRECCIÓN GENERAL DE GUARDIA DE AUXILIO Y EMERGENCIAS, PARA QUE PROCEDAN A DEMOLER OBRAS REALIZADAS SIN PERMISO EN EL INMUEBLE SITO EN LA CALLE GUARANÍ 131/35 - DEMOLICIÓN DE OBRAS - OBRAS EN CONTRAVENCIÓN - OBRAS SIN PERMISO

Buenos Aires, 06/07/2004

Visto el Expediente N° 10.880/04 relacionado con la Unidad Funcional N° 4. de la planta baja, del inmueble sito en la calle Guaraní 131/135, y

CONSIDERANDO:

Que se ejecutaron obras sin permiso y en contravención en la unidad funcional de referencia;

Que la Dirección General de Fiscalización de Obras y Catastro, mediante Disposición N° 2.673/DGFOC/03, procedió a intimar al propietario de la unidad funcional mencionada para que regularice la situación de la misma, bajo apercibimiento de aplicarle las penalidades dispuestas en el artículo 2.4.3.2 Aplicación de Multas AD 630.16 del Código de la Edificación, como así también, en su defecto, de proceder a la ejecución de las tareas por administración y a su costa, sin perjuicio de la aplicación de multas periódicas cada treinta (30) días hasta que se materialicen los trabajos intimados, conforme lo establecido en el artículo 2.2.5.2 Demolición o regularización de obras en contravención - Trabajos de emergencia AD 630.14 del citado Código;

Que se notificó al interesado por cédula de notificación diligenciada el día 18 de diciembre de 2003;

Que no obstante el tiempo transcurrido no se dio cumplimiento a lo intimado, resultando infructuosos los procedimientos adoptados hasta el momento para lograr la regularización de las obras sin permiso;

Que es deber imperativo del Gobierno de la Ciudad el velar por la seguridad y estética públicas, encontrándose las mismas afectadas en el presente, atento a la existencia de obras antirreglamentarias;

Que para el supuesto que no se permitiera el acceso del personal del Gobierno de la Ciudad a la unidad funcional precedentemente indicada a efectos de ejecutar las tareas intimadas, corresponderá dar intervención a la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para que solicite se disponga en sede judicial el allanamiento de la misma para poder llevar a cabo los trabajos que por el presente Decreto se ordenan;

Que ha intervenido la Procuración General de la Ciudad Autónoma de...

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