Decreto N° 1000/04

FirmantesIbarra - López - Epszteyn - Albamonte - Fernández
Jefe de GobiernoAníbal Ibarra
EmisorGobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Fecha de la disposición10 de Junio de 2004

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETO N° 1000/ 04

REGLAMENTA LA LEY N° 738, B.O. N° 1373, REFERENTE A LA "COMISIÓN DE EVALUACIÓN DE OBRAS DE ARTE EN ESPACIO PÚBLICO - SUBSECRETARÍA DE PATRIMONIA CULTURAL - SUBSECRETARÍA DE MEDIO AMBIENTE - COMISIÓN DE CULTURA Y COMUNICACIÓN SOCIAL - LEGISLATURA DE LA CIUDAD - MONUMENTOS - MURALES - ESCULTURAS - FUENTES - MIEMBROS - INTEGRACIÓN - COLOCACIÓN - REMOCIÓN - ACEPTACIÓN DE DONACIONES - EMPLAZAMIENTO DE OBRAS DE ARTE

Buenos Aires, 10/06/2004

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Visto el Expediente N° 33.637/02, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley N° 738 se creó la Comisión de Evaluación de Obras de Arte en el Espacio Público, estableciendo las pautas básicas para su integración, funciones y criterios de evaluación en los casos que corresponda su intervención, en forma previa y obligatoria;

Que procede reglamentar la citada Ley, en un todo de acuerdo con lo prescripto en su artículo 7°, determinando los presupuestos necesarios para asegurar su permanencia y su correcto funcionamiento;

Por ello y de conformidad con lo establecido en el artículo 102 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Artículo 1°

Apruébase la Reglamentación de la Ley N° 738, por la cual se creó la "Comisión de Evaluación de Obras de Arte en el Espacio Público" que, como Anexo I, pasa a formar parte del presente Decreto.

Artículo 2°

El presente Decreto es refrendado por los señores Secretarios de Cultura y de Producción, Turismo y Desarrollo Sustentable, la señora Secretaria de Hacienda y Finanzas y por el señor Jefe de Gabinete.

Artículo 3°

Dése al Registro; publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires; comuníquese a la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y, para su conocimiento y demás efectos, pase a las Secretarías de Cultura y de Producción, Turismo y Desarrollo Sustentable. IBARRA - López - Epszteyn - Albamonte - Fernández.

ANEXOS

ANEXO - I -

Artículo 1°

La "Comisión de Evaluación de Obras de Arte en el Espacio Público", según lo dispuesto en el artículo 3° de la Ley N° 738, estará integrada en forma permanente y honoraria por el Subsecretario/a de Patrimonio Cultural de la Secretaría de Cultura, el Subsecretario/a de Medio Ambiente de la Secretaría de Producción, Turismo y Desarrollo Sustentable, y por un miembro que designe a...

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