Decreto N° 731/04

FirmantesIbarra-López-Albamonte-Fernández
Jefe de GobiernoAníbal Ibarra
EmisorGobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Fecha de la disposición29 de Abril de 2004

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETO N° 731/ 04

RATIFICACIÓN DE RESOLUCIONES - MODIFICA CIÓN DE RESOLUCIONES - ESTRUCTURA ORGANIZATIVA - RATIFICA LA RESOLUCIÓN 285/SC/04, B.O. N° 1886 - CREACIÓN DE PROGRAMAS - PROGRAMA EL DORREGO - FERIAS DE DISEÑO. APROBACIÓN DE REGLAMENTACIONES - PROCEDIMIENTOS - REGLAMENTO DE USO DEL PREDIO DORREGO PARA FERIAS, EXPOSICIONES O EVENTOS NO ORGANIZADOS POR EL GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES - Y EL MODELO DE CONVENIO PARA EL OTORGAMIENTO DE PERMISOS - PRO.D.FE.DI. - CALLE ZAPIOLA - CALLE RAMÓN FREIRE - CALLE CONCEPCIÓN ARENAL - AV. DORREGO - PREDIO DORREGO - FERIAS TEMÁTICAS DE DISEÑO - DISEÑADORES - INSCRIPCIÓN - EXPOSITORES - PUESTOS - PERMISIONARIOS - USO DE INSTALACIONES - SECRETARÍA DE CULTURA - COMPETENCIAS - ATRIBUCIONES - DELEGACIÓN DE FACULTADES

Buenos Aires, 29/04/2004

Visto el Decreto N° 2.696/GCABA/03, la Resolución N° 285/SC/04, el Expediente N° 9.859/04, y

CONSIDERANDO:

Que por Decreto N° 2.696/GCABA/03 se creó la Dirección General de Diseño dependiente de la Subsecretaría de Gestión e Industrias Culturales de la Secretaría de Cultura;

Que el mencionado Decreto transfiere a la Dirección General de Diseño el Programa Centro Metropolitano de Diseño de la Dirección General de Tecnología de la Subsecretaría de Producción de la Secretaría de Producción, Turismo y Desarrollo Sustentable;

Que asimismo establece entre las Responsabilidades Primarias de la citada Dirección General coordinar la utilización y disposición del predio Dorrego, destinado a ferias y exposiciones de diseño;

Que por Resolución N° 285/SC/04 se creó el Programa El Dorrego - Ferias de Diseño (PRODFEDI) a cargo de la Dirección General de Diseño, se designó a la Dirección General de Diseño como autoridad de aplicación del PRODFEDI y como unidad ejecutora del programa presupuestario correspondiente y se aprobó el Reglamento de Uso del Predio Dorrego para Ferias Temáticas de Diseño, de aplicación exclusiva a las ferias temáticas organizadas y/o convocadas por el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a través de la Dirección General de Diseño;

Que resulta necesario reglamentar, también, el uso y funcionamiento de dicho predio para ferias de diseño organizadas y/o convocadas por personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, externas o ajenas al Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que, al propio tiempo, se propone un modelo de convenio para el otorgamiento de permisos de uso precario y temporal del área del Predio Dorrego a favor de los organizadores y/o convocantes externos de dichas ferias, a la vez que se delega su suscripción, en la Dirección General de Diseño;

Que se prevé además facultar a la Secretaría de Cultura a efectuar modificaciones parciales en el Reglamento de Uso del Predio Dorrego para Ferias Temáticas de Diseño, en el Reglamento de Uso del Predio Dorrego para Ferias, Exposiciones o Eventos no Organizados por el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires así como en el modelo del convenio a suscribir con los permisionarios, en función de la experiencia obtenida, y cuando razones operativas así lo justifiquen;

Que por las características arquitectónicas del referido predio, puede ser utilizado, de manera accesoria al destino asignado por Decreto N° 2.696/GCABA/2003, para actividades culturales, educativas y de interés social;

Que la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires ha intervenido y dictaminado de conformidad;

Por ello, y en uso de facultades conferidas por los artículos 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Artículo 1°

Ratifícase la Resolución N° 285/SC/2004 (B.O.C.B.A. N° 1886), mediante la cual se creó el Programa El Dorrego - Ferias de Diseño (PRODFEDI) que se desarrolla en el Predio Dorrego.

Artículo 2°

Apruébase el Reglamento de Uso del Predio Dorrego para Ferias, Exposiciones o Eventos no Organizados por el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, el que como Anexo I forma parte del presente Decreto.

Artículo 3°

Apruébase el Modelo de Convenio para el Otorgamiento de Permisos de Uso Precario y Temporal del área del Predio Dorrego, el que como Anexo II forma parte del presente Decreto.

Artículo 4°

Delégase en la Dirección General de Diseño la suscripción de los Convenios a que refiere el artículo precedente.

Artículo 5°

Facúltase a la Secretaría de Cultura a modificar parcialmente el reglamento aprobado por la Resolución N° 285/SC/2004, el Reglamento aprobado por el artículo 2° (Anexo I), y el modelo de convenio aprobado por el artículo 3° (Anexo II), cuando necesidades operativas así lo justifiquen.

Artículo 6°

Autorízase a la Dirección General de Diseño a disponer la utilización del Predio Dorrego para el desarrollo de actividades culturales, educativas o de interés social, siempre que las mismas no afecten la realización de la actividad ferial programada.

Artículo 7°

La Secretaría de Hacienda y Finanzas fijará el valor por metro cuadrado por día de exposición, en uso de las atribuciones conferidas por el Art. 314 del Código Fiscal (t.o. 2003).

Artículo 8°

La Dirección General de Tesorería dispondrá la apertura de la cuenta bancaria en la que se procederá a depositar los fondos recaudados.

Artículo 9°

El presente Decreto es refrendado por el señor Secretario de Cultura, la señora Secretaria de Hacienda y Finanzas y por el señor Jefe de Gabinete.

Artículo 10

Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y para su conocimiento y demás efectos, pase a la Secretaría de Cultura. IBARRA - López - Albamonte - Fernández.

ANEXOS

ANEXO

ANEXO I Artículos 1 a 24

REGLAMENTO DE USO DEL PREDIO DORREGO PARA FERIAS, EXPOSICIONES O EVENTOS NO ORGANIZADOS POR EL GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES

Del uso general

Artículo 1°

El Predio Dorrego puede ser utilizado por los interesados mediante la modalidad de permiso de uso precario y temporal, abonando una suma de dinero destinada al recupero de los costos operativos que dicha utilización ocasionare.

De los organizadores

Artículo 2°

Pueden solicitar el otorgamiento del uso temporal, parcial o total del predio Dorrego todas las personas físicas o jurídicas legalmente constituidas, tanto públicas como privadas. Las solicitudes formuladas por empresas no radicadas en territorio argentino, deben ser elevadas por intermedio del Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto.

De la presentación

Artículo 3°

Los interesados en utilizar el predio, deben...

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