Decreto N° 431/04

FirmantesIbarra-RomÁ-Albamonte-Fernández
Jefe de GobiernoAníbal Ibarra
EmisorGobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Fecha de la disposición22 de Marzo de 2004

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETO N° 431/ 04

AMPLIA EL PLAZO PREVISTO EN EL ARTÍCULO 6° DEL DECRETO N° 1.647- DETERMINA LA INTEGRACIÓN DE LA UPE COMPRAS DE ALIMENTOS PARA PROGRAMAS SOCIALES - UNIDAD DE PROYECTOS ESPECIALES - U.P.E. - COORDINACIÓN GENERAL ÁREA POLÍTICA ALIMENTARIA - SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN DEL PLAN SOCIAL INTEGRAL - SECRETARÍA DE DESARROLLO SOCIAL - PRÓRROGA DE PLAZOS - CONTRATACIÓN DE EXCEPCIÓN

Buenos Aires, 22/03/2004

Visto Decreto N° 1.647/GCBA/02 (B.O. N° 1590) y sus modifi-catorios y el Expediente N° 81.561/2003, y

CONSIDERANDO:

Que por el citado Decreto fue creada la Unidad de Proyectos Especiales (UPE) Compras de Alimentos para Programas Sociales, integrada por la ex Coordinación General Área Política Alimentaria, dependiente de la entonces Subsecretaría de Coordinación del Plan Social Integral de la Secretaría de Desarrollo Social, por la Dirección General Adjunta Técnica Administrativa y Legal de la Secretaría de Desarrollo Social y por la Dirección General de Compras y Contrataciones, dependiente de la Subsecretaría de Gestión Operativa de la Secretaría de Hacienda y Finanzas;

Que por el artículo 6° del señalado acto administrativo se habilitó un procedimiento de contratación de excepción por el que se abrevian los plazos para la compra de determinados alimentos a través de la Unidad indicada, por el término de un (1) año a partir de la publicación del Decreto de su creación;

Que dicho plazo ha vencido el 16 de diciembre de 2003, atento que el Decreto N° 1.647/GCBA/02 fue publicado en igual fecha del año 2002 en el Boletín Oficial de Ciudad de Buenos Aires;

Que con el fin de dar continuidad a la operatoria respectiva, la que ha demostrado cumplir con los objetivos propuestos de eficiencia, transparencia y optimización de los recursos en la atención de las necesidades sociales básicas, resulta conveniente ampliar el plazo previsto en el artículo 6° del Decreto en cuestión hasta la finalización del ejercicio 2004;

Que asimismo, resulta necesario ajustar la integración de la referida Unidad de Proyectos Especiales a las modificaciones operadas en la estructura organizativa de este Gobierno mediante Decreto N° 2.696/GCBA/2003, modificado por Decreto N° 2.720/GCBA/2003;

Por ello y en uso de las facultades legales que le son propias,

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Artículo 1°

Amplíase, a partir del...

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