Decreto N° 323/04

FirmantesIbarra-Albamonte-Fernández
Jefe de GobiernoAníbal Ibarra
EmisorGobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Fecha de la disposición 4 de Marzo de 2004

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETO N° 323/ 04

DESIGNA AL DIRECTOR GENERAL DE RENTAS DEL G.C.A.B.A., DR. ALEJANDRO OTERO, PARA CONCURRIR A LA 38A ASAMBLEA GENERAL DEL CENTRO INTERAMERICANO DE ADMINISTRACIONES TRIBUTARIAS A REALIZARSE EN LA CIUDAD DE COCHABAMBA, BOLIVIA - DESIGNACIÓN PARA VIAJE - VIAJES DE FUNCIONARIOS - PARTICIPACIÓN - ASISTENCIA - CONCURRENCIA - PAGO DE PASAJES - PAGO DE VIÁTICOS

Buenos Aires, 04/03/2004

Visto el Expediente N° 10.061/2004, y

CONSIDERANDO:

Que, por el mismo tramita la designación y entrega de fondos, con cargo de rendir cuenta documentada de su inversión, a favor del señor Director General de Rentas, Dr. Alejandro A. Otero, a fin de concretar el viaje que realizará a la Ciudad de Cochabamba (Bolivia), entre los días 8 y 11 de marzo del corriente año, con el objeto de concurrir a la 38ª Asamblea General del Centro Interamericano de Administraciones Tributarias (CIAT);

Que, dicho evento tiene como objeto fundamental valorar La función de fiscalización de la administración tributaria, de la cual dicho funcionario a partir de su gestión en el Organismo mencionado, hace que su participación represente un aporte relevante, dado que su misión específica es la de fiscalizar los tributos de la Ciudad de Buenos Aires;

Que, por lo motivos enunciados, resulta necesario efectuar una entrega de fondos a fin de solventar los gastos en concepto de pasajes y viáticos;

Por ello, y en uso de las facultades legales que le son propias,

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Artículo 1°

Desígnase al señor Director General de Rentas, Dr. Alejandro A. Otero, para concurrir a la Ciudad de Cochabamba (Bolivia), entre el 8 y 11 de marzo del corriente año, con el objeto de concurrir a la 38ª Asamblea General del Centro Interamericano de Administraciones Tributarias (CIAT).

Artículo 2°

Entréguese a favor del citado Funcionario, la suma de pesos un mil ciento quince con sesenta y ocho centavos ($ 1.115,68), con cargo de rendir cuenta documentada de su inversión, en concepto de pasajes, juntamente con la cantidad de pesos un mil quinientos veintiséis con setenta y dos centavos ($ 1.526,72), para atender gastos de viáticos, importe que deberá ser rendido en un noventa por ciento (90%), de acuerdo a lo establecido en el Decreto N° 1.540/GCBA/2003 (B.O. N° 1777).

Artículo 3°

Autorízase a la Dirección...

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