Decreto N° 112/04

FirmantesIbarra-Epszteyn-Fernández
Jefe de GobiernoAníbal Ibarra
EmisorGobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Fecha de la disposición 6 de Febrero de 2004

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETO N° 112/ 04

DECLARA DE INTERÉS DEL GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES EL SEMINARIO INTERNACIONAL COMO EXPORTAR PRODUCTOS DE TERCEROS - DECLARACIÓN DE INTERÉS - CENTRO DE EVENTOS Y CONVENCIONES DINASTÍA - DÍA 17 AL 19 FEBRERO DE 2004 - CAPACITACIÓN DE EMPRESARIOS - ASESORAMIENTO EN EXPORTACIÓN - DIEGO FREDIANI

Buenos Aires, 06/02/2004

Visto el Expediente N° 77.403/03 y

CONSIDERANDO:

Que por esa actuación el señor Diego Alfonso Frediani, solicita la Declaración de Interés del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires del Seminario Internacional Como Exportar Productos de Terceros , que se realizará en el Centro de Eventos y Convenciones Dinastía del 17 al 19 de febrero de 2004;

Que el objetivo del Seminario es capacitar a empresarios, profesionales y agentes independientes que deseen actuar como coordinadores de grupos o consorcios de exportación y pooles de compra, agentes de exportación e importación y tradings u ofrecer servicios de asesoramiento en exportación a otras empresas;

Que las empresas productoras, concentradas en su actividad específica, quedan limitadas en tiempo y recursos para dedicarse a la exportación, tarea que no se resuelve en el corto plazo, con lo que ha crecido la importancia de la actividad de exportación de productos de terceros;

Que la solicitud del Sr. Diego Alfonso Frediani no conlleva pedido de exención de aranceles, tasas ni contribuciones, así como tampoco ocasiona gastos al Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que, consecuentemente, y en vista de lo expuesto, en el presente caso se da cumplimiento a lo determinado en la Ley N° 578 (B.O. N° 1191), motivo que justifica suficientemente brindar el estímulo a que se ha hecho acreedor un evento de tal jerarquía;

Por ello, y de conformidad con las facultades conferidas por los artículos 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA...

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