Decreto N° 97/LCABA/03

FirmantesArgüello-Donatelli
Jefe de GobiernoAníbal Ibarra
EmisorLegislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Fecha de la disposición29 de Agosto de 2003

LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETO N° 97/ LCABA/ 03

AUTORIZA LA ADSCRIPCIÓN, POR 120 DÍAS, DE LA AGENTE MÓNICA L. INDELICATO - L. N° 9.286 - A LA COMISIÓN CASCOS BLANCOS, MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO - ADSCRIPCIONES - ADSCRIPCIÓN DE AGENTES

Buenos Aires, 29/08/2003

Visto el Expediente N° 20.707/SA/03, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el citado Expediente tramita la solicitud de adscripción de la agente Mónica Liliana Indelicato (DNI 13.035.421 - Legajo N° 9.286), para prestar servicios en la Comisión Cascos Blancos, Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto;

Que dicha Organización brinda asistencia humanitaria en el mundo, planteadas por situaciones de emergencia o desastres naturales;

Que la citada presta servicios en la Comisión de Protección y Uso del Espacio Público de este Cuerpo como personal de planta permanente, categoría 4;

Que el Director General de la Dependencia en la que la mencionada cumple funciones, prestó su conformidad a dicho pedido;

Que dicha solicitud estaría encuadrada dentro de los términos del Decreto N° 103/VP/02;

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos tomó en el caso la intervención que le compete;

Por ello, en uso de las facultades que le son propias de conformidad con lo establecido en los artículos 71 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y 88 del Reglamento Interno de este Cuerpo,

EL VICEPRESIDENTE SEGUNDO DE LA LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Artículo 1°

Autorízase la adscripción de la agente Mónica Liliana Indelicato (DNI 13.035.421, Legajo N° 9.286 ) a la Comisión Cascos Blancos, Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto, a partir de la fecha de notificación de la citada y por el término de 120 (ciento veinte) días, conforme lo dispuesto en el Decreto N° 103/VP/02.

Artículo 2°

La agente Indelicato deberá presentar ante la Dirección General de Gestión de Recursos Humanos de la Legislatura una certificación de servicios mensual a efectos de...

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