Decreto N° 1613/03
Firmantes | Ibarra - Giudici - Albamonte - Fernández |
Jefe de Gobierno | Aníbal Ibarra |
Emisor | Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires |
Fecha de la disposición | 16 de Septiembre de 2003 |
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
DECRETO N° 1613/ 03
ENCOMIENDA A LA DIRECCIÓN GENERAL DE FISCALIZACIÓN DE OBRAS Y CATASTRO Y A LA DIRECCIÓN GENERAL DE GUARDIA DE AUXILIO Y EMERGENCIAS - DEMOLICIÓN DE OBRAS REALIZADAS SIN PERMISO - INMUEBLE - IBARROLA 6512/16 - UNIDAD FUNCIONAL 2 - OBRAS SIN PERMISO- DISPOSICIÓN 1392-DGFOC-02
Buenos Aires, 16/09/2003
Visto el Expediente N° 69.605/01, relacionado con la finca sita en la calle Ibarrola 6512/6516, Unidad Funcional N° 2, y
CONSIDERANDO:
Que se trata de obras ejecutadas sin permiso y contravención, las cuales fueron clausuradas por Disposición N° 395/DGFOC/99;
Que la Dirección General de Fiscalización de Obras y Catastro, mediante Disposición N° 1.392/DGFOC/02, (fs. 46), procedió a intimar al propietario del inmueble mencionado para que regularice la situación del mismo, bajo apercibimiento de proceder a la ejecución de las tareas por administración y a su costa, sin perjuicio de la aplicación de multas periódicas cada treinta (30) días hasta que se materialicen las mismas, conforme lo establecido en el artículo 2.2.5.2 Demolición o regularización de obras en contravención - Trabajos de emergencia, del Código de la Edificación AD.630.14;
Que se notificó fehacientemente al interesado por cédula de notificación el día 26 de julio de 2002;
Que no obstante el tiempo transcurrido no se dio cumplimiento a lo intimado, resultando infructuosos los procedimientos adoptados hasta el momento;
Que es deber imperativo del Gobierno de la Ciudad el velar por la seguridad y estética públicas, encontrándose las mismas afectadas en el presente, atento a la existencia de obras antirreglamentarias;
Que para el supuesto que no se permitiera el acceso del personal del Gobierno de la Ciudad a la finca precedentemente indicada a efectos de ejecutar las tareas intimadas, corresponderá dar intervención a la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para que solicite se disponga en sede judicial el allanamiento de la misma para poder llevar a cabo los trabajos que por el presente Decreto se ordenan;
Que ha intervenido la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, emitiendo Dictamen PG N° 15.684, que obra en estos actuados;
Por ello y en virtud de las facultades conferidas por el artículo 104 y los deberes atribuidos por el artículo 105 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
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