Decreto N° 1585/03
Firmantes | Ibarra-Fatala-Fernández |
Jefe de Gobierno | Aníbal Ibarra |
Emisor | Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires |
Fecha de la disposición | 16 de Septiembre de 2003 |
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
DECRETO N° 1585/ 03
DESESTIMA EL RECURSO DEL SR. JOSÉ GAMARNIK CONTRA EL DECRETO N° 290/GCBA/97, B.O. N° 231-DESESTIMACIÓN DE RECURSOS , RECURSO DE RECONSIDERACIÓN , SOLICITUD DE INCLUSIÓN , REGISTRO DE TAXIS , LICENCIAS DE TAXIS , DENEGACIÓN DE SOLICITUDES , SIN EFECTO , AUTORIZACIÓN PARA CIRCULAR , REVOCACIÓN DE PERMISO PROVISORIO
Buenos Aires, 16/09/2003
Visto el Expediente N° 70.416/92, y
CONSIDERANDO:
Que, por el referido Expediente el señor Gamarnik, José, DNI 5.800.577, interpone recurso jerárquico contra la Resolución emanada de la entonces Intervención de Taxis, que deniega su incorporación al Padrón definitivo de Automóviles de Alquiler con Taxímetro del vehículo patente C 1.272.249;
Que, atento el recurso incoado, la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires emitió el pertinente dictamen, considerando que el recurrente no incorporó pruebas de entidad suficiente para acreditar los derechos invocados;
Que, asimismo manifestó que la tenencia del Certificado de Reempadronamiento no acredita ni la legalidad de la documentación entregada a la Dirección de Tránsito, ni implica la aceptación de los datos denunciados por el presentante como ciertos;
Que, en consecuencia consideró que no existían pruebas acerca de la preexistencia del permiso municipal;
Que, concordando con el criterio sustentado por el Órgano de la Constitución, se dictó el Decreto N° 290/GCBA/97, norma por la cual se desestimó el recurso interpuesto por el interesado;
Que, la Comisión de Estudio Resolución N° 14/SSTYT/00, tomó debida intervención, destacando que el formulario de cambio de uso agregado al Expediente resultaría apócrifo, correspondiendo la notificación del Decreto antes señalado;
Que, con fecha 3/9/02, se notificó al impugnante de lo dispuesto mediante Decreto N° 290/GCBA/97;
Que, el interesado formula planteo de nulidad de la notificación del Decreto N° 290/GCBA/97, al no haberse indicado en la Cédula de Notificación si se encontraba o no agotada la vía administrativa, aduciendo además que se mencionan todos los recursos, pero no se especifica cuál de ellos la quejosa puede interponer y en que plazo;
Que asimismo cuestiona la validez del Decreto recurrido, argumentando que el mismo fue dictado sin ningún fundamento ni finalidad;
Que, respecto de la vigencia del Decreto atacado, es de señalar que para que el acto administrativo de...
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