Decreto N° 830/03

FirmantesIbarra-Telerman-Fernández
Jefe de GobiernoAníbal Ibarra
EmisorGobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Fecha de la disposición24 de Junio de 2003

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

REPRESENTACIÓN OFICIAL

DECRETO N° 830/ 03

AUTORIZA LA PARTICIPACIÓN DE LOS AGENTES ANDRÈS LINETZKY DNI -24.270.837 - CRISTIAN ZÁRATE DNI 24.462.782 - , CARLOS CORRALES, F.N 342.727 - JULIO PANE F.N 291.339 , DANIEL FALASCA -F.N 332.289 - DANIELA CERCHIARO F.N 323.475 - EN EL FESTIVAL BUENOS AIRES - TANGO EN FRANCIA

Buenos Aires, 24/06/2003

Visto el Expediente 12.354/03, y

CONSIDERANDO:

Que la mencionada actuación se relaciona con la participación de varios agentes integrantes de las Orquestas de las Direcciones Generales del Teatro Colón y de Música dependientes de la Secretaría de Cultura, en el II Festival Buenos Aires Tango en París, Perpignan, Montpellier y Vaison -Francia-, del 13 de junio al 15 de julio del año en curso;

Que, asimismo, se propicia la concurrencia a ese país, en calidad de Productora General de dicho Festival, de la agente de la Dirección General de Promoción Cultural dependiente de la citada Secretaría, Daniela Cerchiaro, ficha N° 323.475, del 9 de junio al 18 de julio del corriente año;

Que el evento ha sido organizado por el Teatro Nacional Chaillot de Paris, el Festival Montpellier Danse 03, TangoVia Buenos Aires y la Secretaría de Cultura del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y auspiciado por la Secretaría de Cultura de la Nación y la Fundación Exportar;

Que, además de la importancia que significa presentar en París y en otras ciudades de Francia el mejor tango argentino, esta actividad cultural abre puertas laborales a los músicos argentinos, en particular a los más jóvenes, garantizando de esta manera la continuidad y desarrollo del género;

Que, sobre el particular, cabe recordar que la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en su artículo 32, entre otras consideraciones, promueve la calidad y jerarquía de las producciones artísticas e incentiva la actividad de artistas nacionales;

Que, al propio tiempo, es oportuno destacar que con el desarrollo de los programas culturales como el que nos ocupa, se promueve directa o indirectamente las posibilidades turísticas de Buenos Aires, como capital cultural de América Latina;

Que la presente gestión no representa erogación alguna para el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires;

Por ello y en uso de las facultades legales que le son propias,

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Artículo 1°

Autorízase...

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