Decreto N° 5/03

FirmantesIbarra-Pesce-Fernández
Jefe de GobiernoAníbal Ibarra
EmisorGobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Fecha de la disposición 9 de Enero de 2003

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DONACIONES -

DECRETO N° 5/ 03

DONA VEHÍCULOS EN DESUSO A LA MUNICIPALIDAD DE SAN CARLOS DE BARILOCHE, PCIA. DE RÍO NEGRO

Buenos Aires, 09/01/2003

Visto el Expediente N° 56.478/2002, y;

CONSIDERANDO:

Que en dicho actuado tramita la gestión promovida por la Municipalidad de San Carlos de Bariloche-Pcia. de Río Negro por la cual se solicita la donación de vehículos en desuso del dominio del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que el artículo 5° de la Ordenanza N° 40.453 (A.D. 346.1) prevé la posibilidad de ceder en donación los elementos considerados de rezago;

Que la Ley N° 191 (B.O.C.B.A. N° 722) autoriza al Poder Ejecutivo a donar bienes muebles, útiles y elementos que fueran declarados fuera de uso o servicio que se encuadren dentro de la categoría de rezago;

Que los rodados de que se trata han sido dados de baja por la Comisión Clasificadora de Vehículos en Desuso o Abandonados;

Que acceder a lo solicitado no implica ningún gasto para la Administración, ya que el mismo correrá por cuenta del beneficiario, por todo concepto atribuible a los bienes donados o los que pudieran surgir por relaciones contractuales o extracontractuales que deriven de su utilización por la peticionante;

Por ello y en uso de las atribuciones conferidas por La Ley N° 191 (B.O.C.B.A. N° 722),

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Artículo 1°

Dónanse a la Municipalidad de San Carlos de Bariloche-Pcia. de Río Negro, los bienes no afectados al uso público, que se detallan a continuación:

  1. Furgón Volkswagen Combi, Modelo año1980, WSC-175 (C-1.075.003) Motor N° BZ200919, Chasis N° BH666414, Acta de Baja N°03/2002

  2. Automovil, Ford Falcon Rural, Modelo año 1981, VZS-855(C-1.090.144)Motor N° ATAA-34209, Chasis N° KA22AT-25271,Acta de Baja N° 03/2002;

Artículo 2°

Los gastos que demande por cualquier concepto los bienes donados y los que pudieran originarse como consecuencia de relaciones contractuactuales o extracontractuales por parte de la beneficiaria, serán con cargo y a cuenta de la misma.

Artículo 3°

Otórgase un plazo de treinta (30) días para que la entidad beneficiaria formalice el pertinente retiro del bien, previa...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR