Decreto N° 5/03
Firmantes | Ibarra-Pesce-Fernández |
Jefe de Gobierno | Aníbal Ibarra |
Emisor | Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires |
Fecha de la disposición | 9 de Enero de 2003 |
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
DONACIONES -
DECRETO N° 5/ 03
DONA VEHÍCULOS EN DESUSO A LA MUNICIPALIDAD DE SAN CARLOS DE BARILOCHE, PCIA. DE RÍO NEGRO
Buenos Aires, 09/01/2003
Visto el Expediente N° 56.478/2002, y;
CONSIDERANDO:
Que en dicho actuado tramita la gestión promovida por la Municipalidad de San Carlos de Bariloche-Pcia. de Río Negro por la cual se solicita la donación de vehículos en desuso del dominio del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que el artículo 5° de la Ordenanza N° 40.453 (A.D. 346.1) prevé la posibilidad de ceder en donación los elementos considerados de rezago;
Que la Ley N° 191 (B.O.C.B.A. N° 722) autoriza al Poder Ejecutivo a donar bienes muebles, útiles y elementos que fueran declarados fuera de uso o servicio que se encuadren dentro de la categoría de rezago;
Que los rodados de que se trata han sido dados de baja por la Comisión Clasificadora de Vehículos en Desuso o Abandonados;
Que acceder a lo solicitado no implica ningún gasto para la Administración, ya que el mismo correrá por cuenta del beneficiario, por todo concepto atribuible a los bienes donados o los que pudieran surgir por relaciones contractuales o extracontractuales que deriven de su utilización por la peticionante;
Por ello y en uso de las atribuciones conferidas por La Ley N° 191 (B.O.C.B.A. N° 722),
EL JEFE DE GOBIERNO
DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
DECRETA:
Dónanse a la Municipalidad de San Carlos de Bariloche-Pcia. de Río Negro, los bienes no afectados al uso público, que se detallan a continuación:
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Furgón Volkswagen Combi, Modelo año1980, WSC-175 (C-1.075.003) Motor N° BZ200919, Chasis N° BH666414, Acta de Baja N°03/2002
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Automovil, Ford Falcon Rural, Modelo año 1981, VZS-855(C-1.090.144)Motor N° ATAA-34209, Chasis N° KA22AT-25271,Acta de Baja N° 03/2002;
Los gastos que demande por cualquier concepto los bienes donados y los que pudieran originarse como consecuencia de relaciones contractuactuales o extracontractuales por parte de la beneficiaria, serán con cargo y a cuenta de la misma.
Otórgase un plazo de treinta (30) días para que la entidad beneficiaria formalice el pertinente retiro del bien, previa...
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