Decreto N° 1592/02

FirmantesIbarra-Pesce-Fernandez
Jefe de GobiernoAníbal Ibarra
EmisorGobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Fecha de la disposición26 de Noviembre de 2002

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETO N° 1592/ 02

REGLAMENTA LA LEY N° 916, QUE REGULA EL INSTITUTO DE JUEGOS DE APUESTAS DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, ACORDE ANEXO I QUE INTEGRA EL PRESENTE REGLAMENTA LOS ARTÍCULOS: 1º, 3º, 4º INC.

  1. Y D) Y 14º.

Buenos Aires, 26/11/2002

Visto la Ley N° 538, la Ley N° 916 y el Expediente N° 64.839/2002, y

CONSIDERANDO:

Que, la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, regula, administra y explota los juegos de azar, destreza y apuestas mutuas, conforme lo establece el Art. 50 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que, la Carta Magna local establece que los ingresos producidos por la explotación de los referidos juegos son recursos de la Ciudad, según lo contempla su Art. 9°, apartado 10;

Que, la Ley N° 538, regula el ejercicio de las actividades lúdicas en la Ciudad de Buenos Aires, determinando que la misma ejerce las potestades que le atribuyen la Constitución y dicha Ley a través de la Autoridad de Aplicación;

Que, por Ley N° 916, la Legislatura de la Ciudad, crea el Instituto de Juegos de Apuestas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, como ente descentralizado;

Que, dicho Instituto tiene como función la organización, administración, reglamentación, explotación, recaudación, y control de todos los juegos de apuestas y de azar, siendo la autoridad de aplicación de la Ley N° 538;

Que, ese ente descentralizado tendrá autonomía técnica y administrativa y autarquía financiera;

Que, a fin de asegurar el buen desempeño de ese Organismo descentralizado, resulta conveniente proceder a la reglamentación de los artículos pertinentes de su Ley de creación;

Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104, de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

EL JEFE DE GOBIERNO DE LA

CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Artículo 1°

Apruébase la Reglamentación de la Ley N° 916 por la cual se crea el Instituto de Juegos de Apuesta de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de conformidad con el Anexo I que a todos los efectos forma parte integrante del presente Decreto.

Artículo 2°

El presente Decreto entra en vigencia juntamente con la Ley N° 916.

Artículo 3°

El presente Decreto es refrendado por el Sr. Secretario de Hacienda y Finanzas y el Sr. Jefe de Gabinete.

Artículo 4°

Dese al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires...

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