Decreto N° 82/LCABA/02

FirmantesCaram - Donatelli
Jefe de GobiernoAníbal Ibarra
EmisorLegislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Fecha de la disposición18 de Junio de 2002

LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETO N° 82/ LCABA/ 02

DECLARA DE LEGÍTIMO ABONO EL PAGO A LA FIRMA EJES S.A.

Buenos Aires, 18/06/2002

Visto, el Expediente número 14.643, letra SA, año 2001, y

CONSIDERANDO:

Que la firma Ejes S.A., presenta para su cobro la Factura N° 0001-00001788 por la suma de pesos un mil doscientos ($ 1.200,00), por el servicio de auditoría full, para la cobertura de Elecciones 2001.

Que si bien la Dirección General de Prensa y Comunicación, solicitó el servicio por nota de fs. 3, la Dirección General Administrativa pidió la conformidad respectiva fs. 2 y 1.

Que la Dirección General Administrativa elaboró, proyecto de Resolución y de Orden de Provisión fs. 5/6/7, según presupuesto de fs. 4, fundándolo en razones de urgencia, observándo la fecha del acto eleccionario.

Que a fs. 9 la Dirección General de Gestión Financiera eleva informe al Secretario Administrativo, opinando que deberían solicitarse presupuestos solicitados, conforme el Art. 56, Inciso 3°, apartado d), del Decreto N° 5.720.

Que a fs. 12, la Dirección General de Prensa y Comunicación, presta su conformidad al servicio realizado por la Empresa Ejes S.A.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos, en su Dictamen N° 073, que luce a fs. 15, sostiene que si los bienes o los servicios han sido recibidos estos deberán ser pagados.

Que estando pendiente su aprobación y carecer de imputación en el ejercicio 2001, debe declararse por Decreto de legítimo abono, en cumplimiento de lo prescripto en la Ordenanza N° 21.704.

Que en uso de las facultades conferidas por Resolución N° 1/97 del Cuerpo Legislativo, por el artículo 88 del Reglamento Interno de la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y el artículo 71 de la Constitución local;

Por ello,

EL VICEPRESIDENTE PRIMERO DE LA LEGISLATURA

DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Artículo 1°

Declárase de Legítimo Abono el presente gasto, por lo expuesto en los considerandos.

Artículo 2°

Páguese a la firma Ejes...

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