Decreto N° 37/LCABA/02

FirmantesCaram - Donatelli
Jefe de GobiernoAníbal Ibarra
EmisorLegislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Fecha de la disposición 8 de Marzo de 2002

LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETO N° 37/ LCABA/ 02

DECLARA DE LEGÍTIMO ABONO Y ORDENA EL PAGO A CORREO ARGENTINO S.A., DE LA FACTURA QUE ACREDITA EL SERVICIO DE TRASLADO E IMPOSICIÓN DE CORRESPONDENCIA

Buenos Aires, 08/03/2002

Visto, el Expediente N° 16.465, letra SA, año 2001, y

CONSIDERANDO:

Que a fs.1 la firma Correo Argentino S.A, presenta factura N° 0002-00033065 al cobro por la suma total de pesos un mil quinientos cincuenta y nueve con cincuenta centavos ($ 1.559,50), en concepto de prestación de servicio de traslado e imposición de correspondencia brindado a esta Legislatura durante el mes de noviembre de 2001;

Que dicho servicio fue solicitado oportunamente por la Dirección de Area Operativa y Mantenimiento a la firma Correo Argentino S.A, y que la misma respondía a la necesidad imperiosa de continuar con el servicio de entrega de correspondencia hasta tanto se adjudicase la nueva contratación que se encontraba en pleno proceso resolutivo, tramitada bajo Expediente N° 13.127/SA/01;

Que la Dirección General Administrativa en su informe de fs.56 estima que se debería proceder al pago de la suma reclamada, toda vez que la Dirección de Area Operativa y Mantenimiento presta la conformidad correspondiente al servicio brindado por la firma en cuestión y por el período arriba indicado, tal lo enunciado en Nota N° 20/AOyM/02 de fs.48;

Que el Contrato suscripto bajo Orden de Provisión N° 122/00 con la firma Correo Argentino S.A venció el día 8 de junio de 2001;

Que, por ser un gasto que no ha sido aprobado en tiempo y forma, y a su vez carecer de imputación en el ejercicio 2001, debe declararse por Decreto de Legítimo Abono, en cumplimiento a lo prescripto en la Ordenanza N° 21.704;

Que en uso de las facultades que le fueron otorgadas por Resolución N° 1/97 del Cuerpo Legislativo, por el artículo 88 del Reglamento Interno de la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y el artículo 71 de la Constitución local;

Por ello,

EL...

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