Decreto N° 245/02

FirmantesIbarra-Fernandez
Jefe de GobiernoAníbal Ibarra
EmisorGobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Fecha de la disposición11 de Marzo de 2002

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETO N° 245/ 02

DEROGA LOS DECRETOS 139-96 - 528-96 - 739-96 - 1.881-98 - 2.941-98 - 1.372-99 Y 581-01 - DEJA SIN EFECTO LAS DESIGNACIONES DE PERSONAL EFECTUADAS POR LOS MISMOS

Buenos Aires, 11/03/2002

Vistos los artículos 133 de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires, y 130 de la Ley N° 70; y el Decreto N° 139/GCBA/96 (B.O. N° 26); y,

CONSIDERANDO:

Que si bien la Sindicatura General de la Ciudad de Buenos Aires ha sido creada mediante el Decreto N° 139/GCBA/96 (B.O. N° 26), con posterioridad a su dictado han sido sancionadas otras normas de jerarquía superior, tales como la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires y la Ley N° 70, conteniendo éstas últimas disposiciones expresas y concretas referidas a aquél organismo de control que han venido a modificar sustancialmente a otras contenidas en la norma de su creación;

Que en virtud del orden de prelación de las leyes resulta necesario compatibilizar las diferentes normas referidas a la Sindicatura General de la Ciudad de Buenos Aires, adecuando la legislación vigente a lo dispuesto respecto a dicho organismo por la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires y por la Ley N° 70, de Sistemas de Gestión, Administración Financiera y Control del Sector Público de la Ciudad;

Que en tanto el artículo 133 de la Constitución local y varias previsiones de la Ley N° 70 no sólo han modificado aquel Decreto N° 139/GCBA/96 (BO N° 26), sino que también han legislado sobre cuestiones no previstas en el mismo, varias disposiciones de ese decreto han quedado en la actualidad virtualmente derogadas por la simple aplicación de principios generales del derecho según los cuales las leyes posteriores derogan a las anteriores, y las leyes superiores derogan otras de orden inferior;

Que en concreto, corresponde destacar que las facultades conferidas legalmente al Síndico General de la Ciudad para organizar el organismo a su cargo y designar su personal (conf. Art. 130, Ley N° 70) han derogado la disposición contenida en el Decreto 139/GCBA/96 (B.O. N° 26) según la cual debía proponer al Organo Ejecutivo sobre todo lo atinente a la organización del funcionamiento interno de la Sindicatura General en sus aspectos estructurales, funcionales y de administración del personal;

Que la misma virtualidad derogatoria posee el artículo 128 de la Ley N° 70, que modificó lo dispuesto por el Decreto N° 139/GCBA/96 en cuanto a quiénes deben suplantar al Síndico General en caso de vacancia, ya que aquella norma previó la posibilidad de creación de Síndicos Generales Adjuntos, poniendo en cabeza de tales funcionarios la facultad de suplantar al Síndico General;

Que, asimismo, y ante lo dispuesto por el artículo 128 de la Ley N° 70 también resulta tácitamente derogada la Resolución N° 1/SGBA/1997 (B.O. N° 118, del 21/1/97), que preve el orden de subrogancia en caso de vacancia de la Sindicatura General;

Que a fin de evitar la vigencia de normas que contengan disposiciones de las que puedan resultar interpretaciones contradictorias acerca de la validez de un precepto legal, resulta de buena técnica recurrir no sólo a la derogación expresa sino, también, al ordenamiento...

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