Decreto N° 167/02
Firmantes | Ibarra - García Espil - Pesce |
Jefe de Gobierno | Aníbal Ibarra |
Emisor | Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires |
Fecha de la disposición | 13 de Febrero de 2002 |
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
DECRETO N° 167/ 02
DECLARA LA NULIDAD ABSOLUTA DE LA CLAUSULA TERCERA DEL CONVENIO CON LA EMPRESA BAUBETON S.A. - OBRAS DEL BARRIO RAMÓN CARRILLO, PLAZA PÚBLICA, CENTRO ASISTENCIAL E INFRAESTRUCTURA COMERCIAL DESTACAMENTO POLICIAL Y EQUIPAMIENTO COMUNITARIO - REALOJAMIENTO ALBERGUE WARNES Y LA EX MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES, POR CONTRADECIR LAS DISPOSICIONES DE LA LEY N° 23.928 DE CONVERTIBILIDAD DEL AUSTRAL.
Buenos Aires, 13/02/2002
Visto el Expediente N° 84.810/92 y sus agregados y,
CONSIDERANDO:
Que por dicha actuación tramita el reclamo efectuado por la empresa Baubeton S.A., en relación al convenio celebrado con la ex-Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires el 11 de junio de 1992, por el cual acordaron una serie de compromisos de ambas partes para completar las obras que aquélla realizaba;
Que, consecuentemente, y de acuerdo con la Cláusula Primera del referido convenio, la empresa mencionada, contratista de las obras del Barrio Ramón Carrillo: Plaza Pública, Centro Asistencial e Infraestructura Comercial, Destacamento Policial y Equipamiento Comunitario - Realojamiento Albergue Warnes, se comprometía al reinicio de las mismas el día 15 de junio de 1992, estimando su finalización en un plazo no mayor de setenta (70) días;
Que, asimismo, la ex Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires, según la Cláusula Segunda del mismo convenio, se comprometía al pago de los certificados faltantes de obra, en un plazo no mayor de quince (15) días administrativos a partir de la fecha de su aprobación por la entonces Dirección General de Arquitectura;
Que, posteriormente, se agrega a estos actuados la Carpeta N° 148/DGA/92, relacionada con la imposición de una multa a la Empresa contratista por incumplimiento del plazo contractual y órdenes de servicio;
Que con fecha 19 de noviembre de 1992, por Expediente N° 92.571/92 agregado, la contratista presenta una Carta Documento mediante la cual rechaza la Cédula de Notificación en la que se le comunicaba la aplicación de una multa por incumplimiento contractual y mora, haciendo saber además que la ex Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires no cumplió con los pagos acordados, e informando a la vez el estado de la deuda;
Que lo expuesto precedentemente se suma a lo señalado por la mencionada contratista por Carta Documento de fecha 10 de octubre de 1992, por la que ésta notificaba, que la renuncia...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba