Decreto N° 2167/01
Firmantes | Ibarra-Stern-Pesce-Fernández |
Jefe de Gobierno | Aníbal Ibarra |
Emisor | Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires |
Fecha de la disposición | 28 de Diciembre de 2001 |
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
DECRETO N° 2167/ 01
ACEPTA LAS RENUNCIAS DEL DIRECTOR MÉDICO INTERINO DR. AURELIO PÉREZ FLORES (LE N° 4.200.270) Y DEL SUDIRECTOR MÉDICO INTERINO DR. JOSÉ ALFIERI LANES (LE N° 4.310.270) - DESIGNA A LA DRA. LILIANA BOTTO (DNI N° 13.314.675) Y AL DR. MIGUEL A SCHIAVONE (DNI N° 10.862.916), RESPECTIVAMENTE, EN LOS CITADOS CARGOS - CESAN EN CALIDAD DE REEMPLAZANES LOS PROFESIONALES QUE SE INDICAN EN EL ANEXO I QUE FORMA PARTE INTEGRANTE DEL PRESENTE DECRETO
Buenos Aires, 28/12/2001
Visto el Expediente N° 84.122/01, y lo propuesto por la Secretaría de Salud, y;
CONSIDERANDO:
Que según surge de los presentes actuados el señor Director y Subdirector Médico del Hospital General de Agudos Juan A. Fernández presenta su renuncia al cargo que desempeña en carácter Interino;
Que procede aceptar la renuncia presentada por el Dr. Aurelio Pérez Flores, LE 04.200.270, CUIL 20-04200270-5, ficha N° 157.051, al cargo de Director Médico Interino, con 44 horas semanales en el Hospital General de Agudos Juan A. Fernández, dependiente de la Secretaría de Salud;
Que procede aceptar la renuncia presentada por el Dr. José Alfieri Lanes, LE 04.310.270, CUIL 20-04310270-3, ficha N° 151.154, al cargo de Subdirector Médico Interino, con 44 horas semanales en el Hospital General de Agudos Juan A. Fernández, dependiente de la Secretaría de Salud;
Que como consecuencia de lo expresado dichos cargos se encuentran vacantes;
Que a tal fin la mencionada Secretaría solicita se designe en carácter Interino a diversos profesionales;
Que asimismo se dispone el cese en carácter de reemplazante de varios profesionales en distintos cargos pertenecientes al establecimiento asistencial citado;
Que es de hacer notar que dicho acto administrativo se efectúa de acuerdo con lo establecido en el artículo 5°, punto 5.1 de la Carrera Municipal de Profesionales de Salud aprobada por Ordenanza N° 41.455 (B.M. N° 17.920) y sus modificatorias, reglamentada por Decreto N° 2.745/87 (B.M. N° 18.047), y el Sistema Municipal de la Profesión Administrativa (SI.M.U.P.A.), aprobado por Decreto N° 3.544/91 y sus reglamentarios;
Por ello, en uso de las facultades legales que le son propias (Arts. 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires),
EL JEFE DE GOBIERNO DE LA CIUDAD
AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
DECRETA:
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