Decreto N° 2182/01
Firmantes | Ibarra-González Gass-Pesce-Fernández |
Jefe de Gobierno | Aníbal Ibarra |
Emisor | Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires |
Fecha de la disposición | 28 de Diciembre de 2001 |
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
DECRETO N° 2182/ 01
NORMA DEROGADA - APRUEBA EL PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE ELABORACIÓN Y DISTRIBUCIÓN DE COMIDAS DESTINADO A ANCIANOS RESIDENTES Y CONCURRENTES Y PERSONAL AUTORIZADO DE LOS ORGANISMOS USUARIOS DEPENDIENTES DE LA SECRETARÍA DE DESARROLLO SOCIAL DEL G.C.A.B.A.
Buenos Aires, 28/12/2001
Visto el Expediente N° 15.699/01, el Decreto N° 5.720/PEN/72, reglamentario del Art. 61 del Decreto Ley N° 23.354/56, vigente en el ámbito de la Ciudad de Buenos Aires conforme la Cláusula Transitoria Tercera de la Ley N° 70 y su Decreto reglamentario N° 1.000/GCBA/99 (B.O.C.B.A. N° 704), el Decreto N° 386/75 (B.M. N° 14.955), modificado por los Decretos. N° 4.968/76 (B.M. N° 15.385) y N° 351/GCBA/01 (B.O.C.B.A. N° 1166), el Decreto N° 6/GCBA/98 (B.O.C.B.A. N° 366) y el Art. 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y;
CONSIDERANDO:
Que, por la citada actuación tramita la Contratación de un Servicio de Elaboración y Distribución de Comidas, destinado a ancianos residentes y concurrentes y personal autorizado de los organismos usuarios dependientes de la Secretaría de Desarrollo Social del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires;
Que, dada la naturaleza del Servicio que se propicia, resulta necesario establecer cláusulas no contempladas en el Reglamento de Contrataciones del Estado, e instrumentar un régimen especial de penalidades y de causales de rescisión que permitan resolver los eventuales incumplimientos contractuales;
Que, el Inciso 128 del Decreto N° 5.720/PEN/72, reglamentario del Art. 61 del Decreto-Ley N° 23.354/56, vigente en el ámbito de la Ciudad de Buenos Aires conforme la Cláusula Transitoria Tercera de la Ley N° 70 y su Decreto reglamentario N° 1.000/GCBA/99 (B.O.C.B.A. N° 704), prevé las circunstancias mencionadas en el considerando precedente;
Que, por Decreto N° 386/75 (B.M. N° 14.955), modificado por los Decretos. N° 4.968/76 (B.M. N° 15.385) y N° 351/GCBA/01 (B.O.C.B.A. N° 1.166), se reglamenta el procedimiento de aprobación de Pliegos de Características Especiales;
Que, la Comisión de Estudios de Pliegos de Condiciones Especiales, dependiente de la Secretaría de Hacienda y Finanzas, ha elaborado el pertinente proyecto de instrumento licitario;
Que, la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires ha emitido opinión en los...
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