Decreto N° 201/LCABA/VP/01

FirmantesEnríquez-Aín
Jefe de GobiernoAníbal Ibarra
EmisorVicepresidencia Primera
Fecha de la disposición 7 de Noviembre de 2001

LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

VICEPRESIDENCIA PRIMERA

DECRETO N° 201/ LCABA/ VP/ 01

RECONOCE COMO DE LEGÍTIMO ABONO EL PAGO DE FACTURAS A LA FIRMA OFICENTER SRL

Buenos Aires, 07/11/2001

Visto el Expediente N° 14.574, letra SA, año 2001, y

CONSIDERANDO:

Que a fs. 5/18 la firma Oficenter S.R.L. solicita el pago de cinco (5) facturas por un total de pesos dos mil ciento treinta y seis con noventa y seis centavos ($ 2.136,96), por la provisión de artículos de librería;

Que a fs. 19 la Dirección General Administrativa, mediante Informe N° 2.227-DGA-2001, detalló que las mencionadas facturas Nros. 2377, 2378, 2394, 2396 y 2400 figuran como impagas en el Acta de Entrega del 2/1/01 de las autoridades salientes de esa área (Expte. N° 11.499/SA/2001);

Que estas actuaciones están relacionadas con los Expedientes Nros. 11.314/SA/2001 y 10.983/SA/2001, sobre rendición de Cajas Chicas Nros. 45 y 46 de la gestión anterior de la Dirección General Administrativa, y en los cuales oportunamente se dio intervención a las Direcciones Generales de Gestión Financiera y de Asuntos Jurídicos, para analizar la procedencia del pago de las facturas reclamadas, según lo dispuesto en la Resolución N° 001/SA/2001;

Que con relación a otro reclamo, presentado por la firma Roberto Braco en Expediente N° 11.551/SA/2001 y agregado, la Dirección General de Asuntos Jurídicos, en su Dictamen N° 209-DGAJ-2001, considera que debe aceptarse el mismo y abonar lo adeudado, dado que las mismas fueron declaradas impagas por la gestión anterior, según Acta de Entrega de fecha 2/1/2001, obrante a fs. 1/4 de estos actuados;

Que a fs. 20 la Dirección General de Asuntos Jurídicos emite Dictamen N° 321-DGAJ-2001, estimando procedente el reconocimiento del reclamo presentado por Oficenter S.R.L.;

Que por todo lo expuesto, la Dirección General Administrativa opina en concordancia con su par de Asuntos Jurídicos, de abonar los importes adeudados;

Que la Dirección General Administrativa, dado que el proveedor entregó los artículos en tiempo y forma, y que el gasto corresponde al año 2000, entiende que debe atribuirse a un ejercicio vencido...

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