Decreto N° 1432/01
Firmantes | Ibarra-Filmus-Pesce-Fernández |
Jefe de Gobierno | Aníbal Ibarra |
Emisor | Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires |
Fecha de la disposición | 19 de Septiembre de 2001 |
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
DECRETO N° 1432/ 01
RATIFICA EL CONVENIO N° 170 CELEBRADO ENTRE EL MINISTERIO DE EDUCACIÓN DE LA NACIÓN Y LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN DEL G.C.A.B.A. REFERIDO AL PROGRAMA DE PORTUGUÉS A DISTANCIA
Buenos Aires, 19/09/2001
Visto el Expediente N° 65.526/99 y;
CONSIDERANDO:
Que por la citada actuación, ha tramitado el Convenio suscripto entre el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y el Ministerio de Educación de la Nación, referido al programa del Idioma Portugués a Distancia;
Que el objeto del citado Convenio, es reconocer las acciones emergentes del Programa de Portugués a Distancia que vienen desarrollándose efectivamente en el territorio nacional desde el mes de abril del año 1992 y formar personal idóneo para la enseñanza del idioma portugués;
Que la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires, ha considerado que el Señor Jefe de Gobierno puede suscribir el Decreto que apruebe el Convenio propuesto;
Por ello, en uso de las facultades conferidas por los artículos 101 in fine, 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
EL JEFE DE GOBIERNO
DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
DECRETA:
Ratifíquese, en los términos del artículo 19 del Decreto N° 1.510/GCBA/97, el Convenio y, su Anexo en copia certificada, que a todos sus efectos forma parte integrante del presente Decreto, suscripto por el entonces Secretario de Educación Básica, del Ministerio de Educación de la Nación, Licenciado Andrés Guillermo Delich, y el Secretario de Educación del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Licenciado Daniel Fernando Filmus, con el objeto de reconocer las acciones emergentes del Programa de Portugués a Distancia que vienen desarrollándose efectivamente en el territorio nacional desde el mes de abril de 1992, y de formar personal idóneo para la enseñanza del idioma portugués.
El presente decreto será refrendado por los señores Secretarios de Educación, de Hacienda y Finanzas y Jefe de Gabinete.
Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires; remítase a la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires por aplicación del artículo 11 del Decreto N° 698/GCBA/96, comuníquese a la Secretaría de Hacienda y Finanzas y para su conocimiento y demás efectos pase a la Secretaría de Educación, quién deberá notificar al Ministerio de Educación de la Nación del dictado de la presente norma. Cumplido, archívese.
CONVENIO 170/00
Ministerio de...
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