Decreto N° 158/LCABA/VP/01

FirmantesEnríquez - Gotfryd
Jefe de GobiernoAníbal Ibarra
EmisorVicepresidencia Primera
Fecha de la disposición30 de Agosto de 2001

LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

VICEPRESIDENCIA PRIMERA

DECRETO N° 158/ LCABA/ VP/ 01

RECONOCIMIENTO DE LEGÍTIMO ABONO. SERVICIO EFECTUADO POR GUILLERMO CHAPATO, CONTRATACIÓN DE UN SERVICIO DE CATERING PARA 500 PERSONAS CON MOTIVO DE LAS FIESTAS DE FIN DE AÑO

Buenos Aires, 30/08/2001

Visto el Expediente N° 11.315, letra SA, año 2000, y

CONSIDERANDO:

Que la Secretaría Administrativa, en su Nota N° 6.591/SA/2000, solicitó a la Dirección General Administrativa la contratación de un servicio de catering para 500 personas con motivo de las fiestas de fin de año;

Que la Dirección General Administrativa a fs. 2 suscribe proyecto de Pedido de Cotización del citado servicio de catering;

Que tres firmas del mercado presentan a fs. 3/5 presupuestos cotizando la contratación requerida, obrando a fs. 6 un Cuadro Comparativo de Precios;

Que la firma La Fábrica de Antonio Canells resultó la oferta más conveniente teniendo en cuenta el precio de la misma;

Que el servicio le fue adjudicado verbalmente por las autoridades salientes de la Dirección General Administrativa;

Que en oportunidad de la sesión del día 28 de diciembre de 2000 la firma La Fábrica había realizado la provisión del servicio de catering para los señores Diputados, y que la vianda entregada para dicha circunstancia se hallaba en mal estado por falta de frío;

Que la Secretaría Administrativa atendiendo a las razones de urgencia, canceló la contratación de la firma La Fábrica, solicitando al entonces concesionario gastronómico de la Legislatura, Sr. Guillermo Chapato, que se hiciera cargo del citado servicio;

Que el Sr. Guillermo Chapato cotizó el servicio a fs. 7/8 en la suma de pesos dos mil novecientos treinta y cinco ($ 2.935,00);

Que a los efectos de no incurrir en un enriquecimiento sin causa, la Legislatura debe abonar el servicio prestado, sin perjuicio de las acciones administrativas que se estimen corresponder;

Que el presente acto se dicta en ejercicio de la competencia conferida al Vicepresidente Primero por el Artículo 71 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y por el Artículo 88 del Reglamento Interno de la Legislatura;

Por ello,

EL...

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