Decreto N° 1348/01

FirmantesIbarra - Figueroa - Pesce - Fernández
Jefe de GobiernoAníbal Ibarra
EmisorGobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Fecha de la disposición10 de Septiembre de 2001

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETO N° 1348/ 01

DECLARA DE LEGÍTIMO ABONO EL PAGO A FAVOR DE LA AGENTE ANA J. CARVANI - FICHA N° 288.782 - DIFERENCIAS SALARIALES - SISTEMA MUNICIPAL DE LA PROFESIÓN ADMINISTRATIVA (SI.MU.P.A.) - PLANTA PERMANENTE - SALARIOS - SUELDOS - RECLAMO JUDICIAL - SENTENCIAS -

Buenos Aires, 10/09/2001

Visto el Expediente N° 30.437-2001, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante el citado Expediente la Procuración General de la Ciudad comunica que por ante el Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Civil N° 75 tramitan los autos caratulados Carvani, Ana Julia c/G.C.B.A. s/cobro de sumas de dinero (Expediente N° 113.816-97), en los que existe sentencia definitiva de la Sala C de la Cámara Civil, parcialmente modificatoria de la de primera instancia, de inmediato cumplimiento no obstante haberse interpuesto recurso extraordinario contra ella;

Que de conformidad con lo resuelto judicialmente corresponde dictar el acto administrativo que disponga liquidar a la agente Ana Julia Carvani, Ficha N° 288.782, las diferencias salariales que se originen a partir del 12 de diciembre de 2000 entre las categorías escalafonarias E.04 y C.02 del Sistema Municipal de la Profesión Administrativa (Si.Mu.P.A.) aprobado por Decreto N° 3.544-91 (B.M. N° 19.131) de conformidad con las pautas establecidas por Decreto N° 2.544-92 (B.M. N° 19.411);

Que la Procuración General de la Ciudad se ha expedido sustentado el mismo criterio que el expuesto en el presente decreto;

Por ello, en uso de las facultades legales que le son propias (Arts. 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires);

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Artículo 1°

Declárase de legítimo abono el pago a la agente Ana Julia Carvani, Ficha N° 288.782, de las diferencias salariales que surjan a partir del 12 de diciembre de 2000 entre las categorías escalafonarias E.04 y C.02 establecidas en el Sistema Municipal de la Profesión Administrativa (Si.Mu.P.A.) aprobado por Decreto N° 3.544-91 (B.M. N° 19.131) y reglamentario Decreto N° 2.544-92 (B.M. N° 19.411) mientras dure su desempeño como Psicóloga (Cód. 218) sin reencasillamiento efectivo.

Artículo 2°

El gasto que demande el cumplimiento de lo estipulado en el Art. 1° del presente decreto...

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