Decreto N° 327 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor 1 de Julio de 2021
EmisorPoder Ejecutivo
Fecha de la disposición23 de Abril de 2021
JUEVES 1° DE JULIO DE 2021
AÑO CVIII - TOMO DCLXXIX - Nº 132
CORDOBA, (R.A.)
http://boletinocial.cba.gov.ar
Email: boe@cba.gov.ar SUMARIO
SECCION
LEGISLACIÓN Y
NORMATIVAS
1a
1
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
“Año del Bicentenario de
la Constitución de Córdoba”
PODER EJECUTIVO
Decreto N° 327
Córdoba, 23 de abril de 2021
VISTO: El Expediente N° 0532-000262/2018 del registro de la Subsecreta-
ría Fiscalía Tributaria Adjunta dependiente del Ministerio de Finanzas.
Y CONSIDERANDO:
Que por las presentes actuaciones se gestiona la designación de la
abogada Daniela Calzolari, como Procuradora Fiscal de la Dirección Gene-
ral de Rentas.
Que el sistema provincial de procuración scal y la competencia de la
Dirección General de Rentas de la Provincia de Córdoba para disponer la
gestión judicial y/o extrajudicial de cobranzas de las deudas impositivas en
mora hace necesario, a los nes de contribuir a la eciencia de la gestión
de cobro, designar procuradores scales en el marco de la normativa que
regula la actividad de éstos.
Que la letrada cuya designación se procura en autos, cumple con los
requisitos y condiciones que prevé la legislación vigente en la materia, de-
biendo constituir legajo pertinente y otorgar la anza respectiva.
Por ello, actuaciones cumplidas, las disposiciones del Decreto N°
1205/2015, lo dictaminado por la Fiscalía Tributaria Adjunta con el N°
12/2018, por la Dirección de Jurisdicción de Asuntos Legales del Ministerio
de Finanzas al N° 417/2018, por Fiscalía de Estado bajo el N° 894/2018,
y en ejercicio de atribuciones conferidas por el artículo 144 inciso 1° de la
Constitución Provincial;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Artículo 1º.-DESÍGNASE a la Abogada Daniela CALZOLARI (M.I.
36.429.590) como Procuradora Fiscal de la Dirección General de Rentas
para la gestión judicial y/o extrajudicial de cobro de deudas impositivas en
mora y acreencias no tributarias administradas por la Dirección General,
en las distintas Circunscripciones Judiciales de la Provincia.
Artículo 2º.-ESTABLÉCESE que la Procuradora Fiscal designada
en el artículo anterior comenzará a ejercer la representación de la Pro-
vincia de Córdoba una vez completado el legajo y constituida la fianza
pertinente.
Artículo 3º.-AUTORÍZASE al señor Ministro de Finanzas para que veri-
que el otorgamiento de la anza correspondiente y proceda a su aceptación.
PODER EJECUTIVO
Decreto N° 327 .....................................................................Pag. 1
MINISTERIO DE FINANZAS
Resolución N° 130 ................................................................Pag. 2
Resolución N° 131 ................................................................Pag. 2
Resolución N° 143 ................................................................Pag. 3
Resolución N° 146 ................................................................Pag. 3
Resolución N° 148 ................................................................Pag. 4
Resolución N° 180 ................................................................Pag. 5
Resolución N° 181 ................................................................Pag. 5
MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Resolución N° 66 ..................................................................Pag. 6
MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS
Resolución N° 223 ................................................................Pag. 7
MINISTERIO DE FINANZAS
SECRETARÍA DE REGISTROS PÚBLICOS
Resolución N° 3 ....................................................................Pag. 8
SECRETARÍA GENERAL DE LA GOBERNACIÓN
Resolución N° 1 ....................................................................Pag. 8
Resolución N° 359 ................................................................Pag. 9
MINISTERIO DE FINANZAS
DIRECCIÓN GENERAL DE COORDINACIÓN OPERATIVA
Resolución N° 12 ..................................................................Pag. 10
MINISTERIO DE FINANZAS
DIRECCIÓN ADMINISTRACIÓN
Resolución N° 16 ..................................................................Pag. 10
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA
Acuerdo Reglamentario N° 1707 - Serie “A” ........................Pag. 11
Artículo 4º.-DISPÓNESE que el cumplimiento de la designación dis-
puesta en el presente Decreto no demandará egreso alguno atento las
condiciones establecidas en la reglamentación vigente.
Artículo 5º.-El presente Decreto será refrendado por los señores Mi-
nistro de Finanzas y Fiscal de Estado.
Artículo 6º.-PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Bole-
tín Ocial y archívese.
FDO.: JUAN SCHIARETTI, GOBERNADOR - OSVALDO GIORDANO, MINISTRO DE
FINANZAS - SILVINA RIVERO, MINISTRA DE COORDINACION - JORGE EDUAR-
DO CORDOBA, FISCAL DE ESTADO

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