Decreto N° 146/01

FirmantesIbarra-Filmus-Pesce
Jefe de GobiernoAníbal Ibarra
EmisorGobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Fecha de la disposición19 de Febrero de 2001

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETO N° 146/ 01

DECLARA RESCINDIDO EL SALDO DEL CONTRATO SUSCRIPTO CON LA EMPRESA "ANDRES SA - SERVICIOS INTEGRALES FOOD AND CATERING SRL" - UNIÓN TRANSITORIA DE EMPRESAS - UTE EN EL MARCO DE LA LICITACIÓN PÚBLICA N° 23-99 PARA LA CONTRATACIÓN DE LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE COMIDAS Y POSTERIOR DISTRIBUCIÓN EN MESA, DESTINADO A ALUMNOS BECADOS Y PERSONAL AUTORIZADO EN LAS ESCUELAS N° 10 DISTRITO ESCOLAR 5 Y N° 19 DISTRITO ESCOLAR 19

Buenos Aires, 19/02/2001

Visto el Expediente N° 17.448/99, y

CONSIDERANDO:

Que por las citadas actuaciones tramita la situación planteada con la empresa Andrés S.A. - Servicios Integrales Food and Catering S.R.L. - U.T.E., concesionaria del servicio de comidas en las Escuelas N° 10 D.E. 5 y N° 19 D.E. 19, en virtud de la Licitación Pública N° 23/99;

Que el 12 de marzo de 1999 la Dirección General de Higiene y Seguridad Alimentaria hizo saber a la Subsecretaría de Seguridad Alimentaria y Coordinación de Políticas al Consumidor que la empresa mencionada no había cumplido con el anexo higiénico-sanitario del Pliego de Bases y Condiciones, y que el personal afectado a la elaboración de las raciones no se encontraba capacitado para dicha tarea, no existiendo un efectivo control de calidad;

Que la Dirección General mencionada anteriormente también informó que se había solicitado su intervención, en virtud de que aproximadamente 80 alumnos presentaban sintomatología compatible con brote de Enfermedad Transmitida por Alimentos (E.T.A.);

Que la Subsecretaría de Seguridad Alimentaria y Coordinación de Políticas al Consumidor opinó que debía aplicarse a la U.T.E. en cuestión la máxima sanción autorizada por el contrato, por cuanto la Dirección General de Higiene y Seguridad Alimentaria requirió a la Dirección General Adjunta de Coordinación Legal e Institucional que adopte las medidas sancionatorias previstas en el Pliego de Bases y Condiciones de la Licitación;

Que en virtud de haberse dado las circunstancias previstas por el Art. 91 del Pliego de Bases y Condiciones de la Licitación Pública N° 23/99, se suspendió preventivamente el servicio prestado por la empresa Andrés S.A. - Servicios Integrales Food and Catering S.R.L. - U.T.E. de los renglones 124, 128, 121, 126 y 39, hasta tanto se obtengan los resultados de la investigación en trámite, lo que fue notificado al representante legal de la firma interesada;

Que...

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