Decreto N° 1200/00
Firmantes | Olivera-Anchorena-Delle Ville |
Jefe de Gobierno | Enrique Olivera |
Emisor | Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires |
Fecha de la disposición | 26 de Julio de 2000 |
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
DECRETO N° 1200/ 00
SE RATIFICAN ACUERDOS INDIVIDUALES DE PASANTIAS SUSCRIPTOS ENTRE EL DIRECTOR GENERAL DE BIBLIOTECAS EL DECANATO DE LA FACULTAD DE FILOSOFIA Y LETRAS DE LA UBA Y LOS RESPECTIVOS PASANTES
Buenos Aires, 26/07/2000
Visto el Expediente N° 18.512-2000, por el cual tramitan siete (7) acuerdos individuales de pasantías suscriptos entre el Director General de Bibliotecas, dependiente de la Secretaría de Cultura del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, el decanato de la Facultad de Filosofía y Letras de la Universidad de Buenos Aires y los respectivos pasantes, y
CONSIDERANDO:
Que los mismos se inscriben en el Convenio Marco suscripto entre el gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y la Universidad de Buenos Aires, identificado como Convenio N° 4 de fecha 11 de marzo de 1997 (B.O. N° 161-97);
Que en la Cláusula Sexta de los citados convenios se establece la asignación estímulo mensual que percibirá el pasante, contando además con un seguro que resguarde su actividad, contratado por la referida facultad y solventado con fondos provenientes del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en su dictamen obrante a fojas 99/101, determina que procede la ratificación de los convenios individuales de pasantías celebrado por la Dirección General de Bibliotecas, mediante Decreto con argumentos que en homenaje a los principios de economía eficiencia y eficacia se dan por reproducidos;
Por ello y en uso de las facultades conferidas por el Art. 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
EL JEFE DE GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES
DECRETA:
Ratifícanse siete (7) acuerdos individuales de pasantías suscriptos entre el Director General de Bibliotecas, dependiente de la Secretaría de Cultura del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, el decanato de la Facultad de Filosofía y Letras de la Universidad de Buenos Aires y los respectivos pasantes, así como el programa que como Anexo I pasa a formar parte del presente decreto, de acuerdo a lo establecido por el Convenio N° 4 de fecha 11 de marzo de 1997 (B.O. N° 161-97) y dentro del cual se inscribe, con una retribución estímulo a cada uno de los pasantes de pesos quinientos ($ 500) y sujeto a las demás condiciones pactadas; con más un 20% para gastos...
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