Decreto N° 1294/00

FirmantesOlivera
Jefe de GobiernoEnrique Olivera
EmisorGobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Fecha de la disposición 3 de Agosto de 2000

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETO N° 1294/ 00

SE ENCOMIENDA A LA DIRECCIÓN GENERAL DE FISCALIZACIÓN DE OBRAS Y CATASTRO Y A LA DIRECCIÓN GENERAL GUARDIA DE AUXILIO PARA QUE PROCEDAN A REALIZAR DIVERSAS TAREAS EN EL INMUEBLE SITO EN AVDA. MONTES DE OCA 325- 4° F- UF 11- POR ADMINISTRACIÓN Y A COSTA DEL PROPIETARIO

Buenos Aires, 03/08/2000

Visto el Expediente N° 12.935/97, relacionado con la finca sita en la Avenida Montes de Oca 325, Piso 4°, Unidad Funcional N° 11, y

CONSIDERANDO:

Que se ejecutaron obras sin permiso en la finca precitada, consistentes en dos locales ubicados sobre el frente, en la azotea del edificio, cuya permanencia podría afectar la seguridad, las que asimismo, no cuentan con la conformidad del consorcio de propietarios;

Que la Dirección General de Fiscalización de Obras y Catastro, mediante Disposición N° 744-DGFOC-97 obrante en fs. 15, procedió a intimar al propietario del inmueble mencionado para que regularice la situación del mismo, bajo apercibimiento de aplicarle las penalidades dispuestas en el artículo 2.4.3.2 Aplicación de Multa del Código de la Edificación (AD 630.16), como así también, en su defecto, de proceder a la ejecución de las tareas por administración y a su costa, sin perjuicio de la aplicación de multas periódicas cada treinta (30) días hasta que se materialicen las mismas, conforme lo establecido en el Artículo 2.2.5.2 Demolición o regularización de obras en contravención - Trabajos de emergencia (AD 630.14) del citado Código;

Que se notificó fehacientemente al interesado por cédula de notificación que obra en fs. 17 de las actuaciones de referencia;

Que no obstante el tiempo transcurrido no se dio cumplimiento a lo intimado, resultando infructuosos los procedimientos adoptados hasta el momento;

Que la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en fs. 37 y vta., ha emitido dictamen al respecto;

Que es un deber imperativo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires velar por la seguridad y estética públicas, encontrándose las mismas afectadas en el presente, atento la existencia de obras no reglamentarias;

Que para el supuesto que no se permitiera el acceso del personal del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a la finca precedentemente indicada a efectos de ejecutar las tareas intimadas, corresponde dar intervención a la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires...

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