Decreto N° 321

EmisorPoder Ejecutivo
Fecha de la disposición21 de Abril de 2015
Primera Sección BOLETÍN OFICIAL - AÑO CII - TOMO DCVII - Nº 124 CÓRDOBA, 2 de Julio de 20154
SAN MARTÍN – PROVINCIA DE CORDOBA”, suscripta el día
30 de octubre de 2014, entre el Director General de Arquitectura
y el Apoderado de la Empresa ESTRUCTURAS S.A.C.I.C.I.F.,
contratista de la obra.
Que la redeterminación de precio de que se trata encuadra en
las previsiones del Decreto Provincial Nº 1231/2010, modificatorio
de su similar N° 1133/2010, y lo dispuesto por Resolución Nº
013/2011 del entonces Ministerio de Obras y Servicios Públicos
y lo establecido por el artículo 21 del Pliego Particular de
Condiciones.
Que mediante Decreto N° 460 de fecha 13 de mayo de 2014
se adjudicaron los trabajos modificatorios de la obra principal a la
Empresa ESTRUCTURAS S.A.C.I.C.I.F., suscribiéndose la
correspondiente Addenda con fecha 16 de julio de 2014.
Que obra en autos la documentación presentada por la
contratista fundamentando su pedido.
Que la Sección de Estudio de Costos de la Dirección General
de Arquitectura informa que se han producido variaciones en el
precio de la obra del 7,72%, 8,45%, 7,70%, 8,94%, 8,91%,
14,05%, 9,92% y 10,50%, correspondientes a los meses de
mayo/12, julio/12, febrero/13, mayo/13, julio/13, marzo/14, mayo/
14 y setiembre/14, respectivamente, resultando en un monto
total a imputar de $ 3.400.200,66, importe resultante de aplicar al
monto contractual faltante de ejecutar, deducido el 10% de utilidad
invariable, cada uno de los incrementos citados, ascendiendo el
nuevo precio de la obra de los trabajos modificatorios a la
suma de $ 7.721.024,44.
Que la contratista ha renunciado a todo reclamo por mayores
costos, compensaciones, gastos improductivos o supuestos
perjuicios de cualquier naturaleza en los términos del artículo 16
del Anexo al Decreto Nº 1231/10 modificatorio del 1133/2010.
Que en consecuencia, verificada la existencia de los supuestos
que tornan procedente la aplicación del régimen de que se trata,
la Dirección General de Arquitectura ha considerado conveniente
la redeterminacion del precio del contrato, por lo que suscribió
con la contratista el Acta Acuerdo de Redeterminación de Precio
por reconocimiento de variación de costos correspondiente a la
primera, segunda, tercera, cuarta, quinta, sexta, séptima y octava
variación de costos.
Que se agrega Documento Contable-Nota de Pedido N° 2015/
000028 que certifica la reserva presupuestaria para atender la
erogación que lo gestionado implica.
Por ello, actuaciones cumplidas, normas legales citadas, lo
prescripto en el artículo 14 del Anexo I al Decreto N° 1231/10,
modificatorio de su similar N° 1133/10, lo dictaminado por la
Dirección de Jurisdicción de Asuntos Legales del Ministerio de
Infraestructura con el N° 73/2015, por Fiscalía de Estado bajo
el N° 209/2015 y en uso de las atribuciones constitucionales;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R E T A :
Artículo 1º.-APRUÉBASE el Acta Acuerdo de Redeterminación
de Precio por Reconocimiento de la primera, segunda, tercera,
cuarta, quinta, sexta, séptima y octava Variación de Costos
correspondientes a los meses de mayo/2012, julio/2012, febrero/
2013, mayo/2013, julio/2013, marzo/2014, mayo/2014, y
setiembre/2014, por trabajos modificatorios necesarios de efectuar
en la Obra: “CONSTRUCCIÓN NUEVO EDIFICIO PARA
I.N.E.S.C.E.R., ubicado en Boulevard España S/N – CIUDAD
DE VILLA MARÍA – DEPARTAMENTO: GENERAL SAN
MARTÍN – PROVINCIA DE CORDOBA”, por la suma total de
Pesos Tres Millones Cuatrocientos Mil Doscientos con Sesenta y
Seis Centavos ($ 3.400.200,66), suscripta el día 30 de octubre
de 2014, entre el Director General de Arquitectura, Arquitecto
Andrés Eduardo CAPARRÓZ, por una parte, y el Apoderado de
la Empresa ESTRUCTURAS S.A.C.I.C.I.F., Contador Marcos
BAREMBAUM, contratista de la obra, por la otra, que como
Anexo I, compuesto de ONCE (11) fojas, se acompaña y forma
parte integrante del presente instrumento legal.
Artículo 2º.- IMPÚTASE el egreso que asciende a la suma
de Pesos Tres Millones Cuatrocientos Mil Doscientos con Sesenta
y Seis Centavos ($ 3.400.200,66), con cargo a Jurisdicción
1.35, Programa 378-000, Partidas 12.06.00.00 del P.V., conforme
lo indica la Dirección General de Administración del Ministerio de
Educación en su Documento de Contabilidad (Nota de Pedido)
N° 2015/000028.
Artículo 3°.- FACÚLTASE al señor Director General de
Arquitectura a suscribir la Enmienda de Contrato por
redeterminación de precio, debiendo la empresa
ESTRUCTURAS S.A.C.I.C.I.F. integrar el importe adicional de
garantía de cumplimiento de contrato.
Artículo 4°.- El presente Decreto será refrendado por los
señores Ministro de Infraestructura y Fiscal de Estado.
Artículo 5º.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, dése
intervención a la Dirección General de Administración del
Ministerio de Educación, al Tribunal de Cuentas de la Provincia,
notifíquese, publíquese en el Boletín Oficial, pase a la Dirección
General de Arquitectura a sus efectos y archívese.
JOSÉ MANUEL DE LA SOTA
GOBERNADOR
ING. HUGO ATILIO TESTA
MINISTRO DE INFRAESTRUCTURA
JORGE EDUARDO CORDOBA
FISCAL DE ESTADO
ANEXO
http://goo.gl/LCflTN
Decreto N° 321 Córdoba, 21 de Abril de 2015
VISTO: El Expediente Nº 0045-016267/2012/A19 del registro
de la Dirección Provincial de Vialidad, dependiente del Ministerio
de Infraestructura.
Y CONSIDERANDO:
Que por las presentes actuaciones la citada Dirección, propicia
por Resolución Nº 103/2015 la aprobación del Acta Acuerdo de
Redeterminación de Precio por Reconocimiento de la Quinta
Variación de Costos correspondiente al mes de octubre de 2014,
por trabajos faltantes de ejecutar en la obra: “DUPLICACIÓN
DE CALZADA EN RUTA NACIONAL Nº 19 – TRAMO:
CÓRDOBA – MONTE CRISTO Y RUTAS VARIAS DE LA ZONA
2 – DEPARTAMENTOS: CAPITAL – TOTORAL – RIO I – RIO II
– TERCERO ARRIBA – SAN JUSTO (CONTRATO MODU-
LAR)”, suscripta el 30 de diciembre de 2014 entre el Presidente
de la Dirección Provincial de Vialidad, y el Representante de la
Empresa BOETTO Y BUTTIGLIENGO S.A. –
CONSTRUCCIONES DE INGENIERÍA S.A. – U.T.E., contratista
de la obra.
Que la redeterminación de precio de que se trata encuadra en
las previsiones del Decreto Nº 1231/10, modificatorio de su
similar N° 1133/2010 y lo dispuesto por el artículo 8 del Pliego
Particular de Condiciones.
Que mediante Decreto N° 897/2013 se adjudicó la obra prin-
cipal a la Empresa referenciada; en tanto mediante Decretos
Nros. 730/2014, 1007/2014 y 1306/2014 se aprobaron las Actas
Acuerdo de Redeterminación de Precio por reconocimiento de
la primera a cuarta variación de costos, por trabajos faltantes de
ejecutar en la obra de que se trata.
Que obra en autos la documentación presentada por la
contratista fundamentando su petición.
Que el Departamento II Gestión Económica de Obras (D.P.V.)
informa que se ha producido una variación en el precio de la
obra del 9,75% al mes de octubre de 2014, resultando en un
monto a imputar de $ 8.389.578,19, importe resultantes de aplicar
al monto contractual faltante de ejecutar, deducido el 10% de
Utilidad Invariable, el incremento citado, ascendiendo el nuevo
presupuesto de la obra a $ 199.971.772,46.
Que la contratista ha renunciado a todo reclamo por mayores
costos, compensaciones, gastos improductivos o supuestos
perjuicios de cualquier naturaleza en los términos del artículo 16
del Anexo al Decreto referenciado.
Que en consecuencia, verificada la existencia de los supuestos
que tornan procedente la aplicación del citado instrumento legal,
la Dirección Provincial de Vialidad ha considerado conveniente
la redeterminación del precio del contrato, por lo que suscribió
con la contratista el Acta Acuerdo de redeterminación de precio
por reconocimiento de la quinta variación de costo,
correspondiente al mes de octubre de 2014.
Que se agrega Documento Contable -Nota de Pedido N° 2015/
000219 que certifica la reserva presupuestaria para atender la
erogación que lo gestionado implica.
Por ello, las actuaciones cumplidas, las normas legales citadas,
lo dispuesto en el artículo 14 del Anexo I al Decreto N° 1231/
2010, modificatorio de su similar N° 1133/2010, lo dictaminado
por el Departamento Jurídico de la Dirección General de Asuntos
Legales del Ministerio de Infraestructura con el N° 96/2015, por
Fiscalía de Estado bajo el N° 248/2015 , y en uso de sus
atribuciones constitucionales;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R E T A
Artículo 1º.- APRUÉBASE el Acta Acuerdo de
Redeterminación de Precio por Reconocimiento de la Quinta
Variación de Costos correspondiente al mes de octubre de 2014,
por trabajos faltantes de ejecutar en la obra: “DUPLICACIÓN
DE CALZADA EN RUTA NACIONAL Nº 19 – TRAMO:
CÓRDOBA – MONTE CRISTO Y RUTAS VARIAS DE LA ZONA
2 – DEPARTAMENTOS: CAPITAL – TOTORAL – RIO I – RIO II
– TERCERO ARRIBA – SAN JUSTO (CONTRATO MODU-
LAR)”, por la suma total de Pesos Ocho Millones Trescientos
Ochenta y Nueve Mil Quinientos Setenta y Ocho con Diecinueve
Centavos ($8.389.578,19), suscripta el 30 de diciembre de 2014
entre el Presidente de la Dirección Provincial de Vialidad, ,
Ingeniero Raúl BERTOLA, por una parte, y la Representante de
la Empresa BOETTO Y BUTTIGLIENGO S.A. –
CONSTRUCCIONES DE INGENIERÍA S.A. – U.T.E., Arquitecta
María Luisa BUTTIGLIENGO, contratista de la obra, por la otra,
que como Anexo I, compuesto de ocho (8) fojas útiles, se
acompaña y forma parte integrante del presente instrumento
legal.
Artículo 2º.- IMPÚTASE el egreso que asciende a la suma
de Pesos Ocho Millones Trescientos Ochenta y Nueve Mil
Quinientos Setenta y Ocho con Diecinueve Centavos ($
8.389.578,19), con cargo a Jurisdicción 1.50, Programa 504-
002, Partida 12.06.00.00, del P.V., conforme lo indica el
Departamento Administración y Personal de la Dirección Provin-
cial de Vialidad en su Documento de Contabilidad - Nota de
Pedido Nº 2015/000219.
Artículo 3º.- FACÚLTASE al señor Presidente de la
Dirección Provincial de Vialidad a suscribir la enmienda de
contrato por redeterminación de precio, debiendo la empresa
BOETTO Y BUTTIGLIENGO S.A. – CONSTRUCCIONES DE
INGENIERÍA S.A. – U.T.E., integrar el importe adicional de
garantía de cumplimiento del contrato.
Artículo 4°.- El presente Decreto será refrendado por los
señores Ministro de Infraestructura y Fiscal de Estado.
Artículo 5º.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, dése
intervención al Departamento Administración y Personal de la
Dirección Provincial de Vialidad, al Tribunal de Cuentas de la
Provincia, notifíquese, publíquese en el Boletín Oficial, pase a la
citada Dirección a sus efectos y archívese.
JOSÉ MANUEL DE LA SOTA
GOBERNADOR
ING. HUGO ATILIO TESTA
MINISTRO DE INFRAESTRUCTURA
JORGE EDUARDO CORDOBA
FISCAL DE ESTADO
ANEXO
http://goo.gl/x4nwTo
Decreto N° 323
Córdoba, 21 de Abril de 2015
VISTO: el Expediente Nº 0047-000898/2012/R6 del registro
del Ministerio de Infraestructura.

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