Decreto N° 557/00

FirmantesOlivera-Moreno Hueyo-Delle Ville
Jefe de GobiernoEnrique Olivera
EmisorGobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Fecha de la disposición19 de Abril de 2000

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETO N° 557/ 00

FACÚLTASE A LA SECRETARIA DE HACIENDA Y FINANZAS A TOMAR CREDITOS CON DESTINO A LA REESTRUCTURACIÓN DE LA DEUDA DE LA CIUDAD. APRUÉBANSE LAS BASES Y CONDICIONES DEL CONCURSO PARA LA SELECCIÓN Y CONTRATACIÓN DE UN CONSULTOR AGENTE - ORGANIZADOR - PROGRAMA DE ASISTENCIA FINANCIERA - OPERACIONES DE CRÉDITO PÚBLICO - EMISIÓN DE TÍTULOS PÚBLICOS - COLOCACIÓN DE TÍTULOS PÚBLICOS - EUROBONOS - DEUDA PÚBLICA - PRÉSTAMOS

Buenos Aires, 19/04/2000

Visto la Ley N° 3.23/99 y la Ordenanza N° 51.270/96; y

CONSIDERANDO:

Que por el artículo 5° de la Ley N° 323

/99 y la Planilla N° 23 anexa a dicho artículo, la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires autoriza al Jefe de Gobierno, a través de la Secretaría de Hacienda y Finanzas, a realizar operaciones de crédito público de mediano y largo plazo;

Que por la Ordenanza citada en el Visto se instrumentó el Programa de Asistencia Financiera (EMTNP) con destino a la reestructuración de la deuda de la Ciudad y a la capitalización del Banco de la Ciudad de Buenos Aires;

Que resulta conveniente proceder a la ampliación del citado Programa con el objeto de cubrir necesidades de financiamiento del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a los efectos de reestructurar su deuda;

Que conforme al artículo cuarto del Decreto Ley N° 9.372/63, modificado por las leyes Nros. 19.642 y 22.301 y ratificado por el artículo 55 de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires, el Banco de la Ciudad de Buenos Aires es el agente financiero del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que resulta necesario efectuar un concurso entre Entidades Financieras de primer nivel, locales y extranjeras, a fin de contratar un Consultor Agente-Organizador encargado de elaborar la ampliación del Programa de Asistencia Financiera (EMTNP);

Que la función del Consultor Agente-Organizador será la colocación de un préstamo sindicado entre entidades financieras locales y/o del exterior y/o la emisión y colocación de Eurobonos/Títulos Públicos, cuyas bases y condiciones se describen en Anexo adjunto;

Que consecuentemente, corresponde facultar a la Secretaría de Hacienda y Finanzas de este Gobierno, a través de los pertinentes procedimientos, a tomar créditos por hasta la suma de u$s 100.000.000,00 (dólares estadounidenses cien millones) o su equivalente aproximado en otras monedas;

Que por lo tanto...

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