Decreto N° 2132/99

FirmantesDe La Rua-La Porta-Delle Ville
Jefe de GobiernoFernando De La Rúa
EmisorGobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Fecha de la disposición 1 de Noviembre de 1999

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETO N° 2132/ 99

APRUEBA CONVENIO CELEBRADO ENTRE LA EX SECRETARÍA DE PLANEAMIENTO URBANO Y MEDIO AMBIENTE Y LA FEDERACIÓN COLÓMBOFILA ARGENTINA

Buenos Aires, 01/11/1999

Visto el Expediente N° 60.346/98, por el que tramita el Convenio celebrado entre la ex Secretaría de Planeamiento Urbano y Medio Ambiente y la Federación Colombófila Argentina, y

CONSIDERANDO:

Que por dicho instrumento, se otorgó a la Federación Colombófila Argentina el uso del sector del ex helipuerto del Area Reserva Ecológica Costanera Sur;

Que el objeto del permiso se circunscribió a la celebración del Campeonato Mundial de Colombofilia, el que se celebró los días 28, 29 y 30 de noviembre de 1998;

Que el mismo fue de carácter gratuito, toda vez que con la realización del evento no se persiguió fin de lucro sino de difusión de información a la comunidad, relativa a la preservación y utilización del Area;

Que el préstamo y uso del espacio para la realización del certamen no significó erogación alguna para el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires ni la exención de aranceles, tasas y/o contribuciones que pudieren haber correspondido;

Que en dicho contexto se establecieron las pautas y obligaciones que rigieron el acuerdo de las partes;

Que se dió intervención al Consejo de Gestión del Area Reserva Ecológica Costanera Sur en el marco de lo establecido en la Ordenanza N° 45.676, y a la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires, la que emitiera dictamen favorable;

Que si bien el Decreto N° 214/95 dispone que los señores Secretarios del Departamento Ejecutivo y órganos dependientes deberán abstenerse de celebrar convenios ad referéndum del señor Intendente Municipal salvo autorización expresa en contrario, corresponde exceptuar el presente caso de lo establecido en dicha norma;

Que si bien el Convenio fue suscripto por el entonces Secretario de Planeamiento Urbano y Medio Ambiente, en la actualidad y a raíz del dictado del Decreto N° 339-GCBA-99, corresponde en el presente la intervención de la Secretaría de Medio Ambiente y Desarrollo Regional, en virtud de las competencias asignadas a ésta;

Por ello y en uso de las facultades conferidas por los artículos 23, 24 y 104 de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires,

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Artículo 1°

Apruébase el Convenio celebrado entre la ex Secretaría de Planeamiento Urbano y...

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