Decreto N° 2018/99
Firmantes | De La Rua-Felgueras-Delle Ville |
Jefe de Gobierno | Fernando De La Rúa |
Emisor | Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires |
Fecha de la disposición | 6 de Octubre de 1999 |
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
DECRETO N° 2018/ 99
APRUÉBASE EL PROGRAMA BUENOS AIRES PRESENTE
Buenos Aires, 06/10/1999
Visto el Expediente N° 26.265-99, por el cual la Secretaría de Promoción
Social solicita la aprobación del "Programa Buenos Aires Presente",
y
CONSIDERANDO:
Que el "Programa Buenos Aires Presente" esta destinado a cumplir
el imperativo que prevé el artículo 17 de la Constituciónde la Ciudad
de Buenos Aires, en cuanto al desarrollo de políticas sociales coordinadas
para superar las condiciones de pobreza y exclusión y asistir a las personas
con necesidades básicas insatisfechas que no poseen acceso a los servicios
públicos;
Que la Secretaría de Promoción Social del Gobierno de la Ciudad de Buenos
Aires tiene entre sus objetivos la implementación de acciones destinadas
al desarrollo de políticas sociales orientadas a promover y difundir los
derechos de la ciudadanía, a reducir las condiciones de vulnerabilidad
social, a resolver las demandas de la población con necesidades especiales,
a promover la integración social de los distintos grupos etáreos (infancia,
adolescencia, juventud y tercera edad), y a garantizar el acceso al disfrute
de bienes públicos diversos como el esparcimiento, la recreación y la
práctica deportiva;
Que si bien la actual oferta de servicios y programas existentes atienden
en forma eficaz las variadas situaciones descritas, la Secretaría de Promoción
Social requiere además de instancias idóneas, de fácil acceso por parte
de la ciudadanía, que informen y asesoren sobre los recursos sociales
disponibles, que orienten la demanda hacia los servicios adecuados, y
que intervengan en situaciones de abandono y/o emergencia social con suma
celeridad;
Que la existencia de situaciones de demanda social insatisfecha de grupos
diversos obliga a disponer intervenciones creativas e innovadoras a través
de un mejoramiento en los canales de comunicación entre los ciudadanos
y la administración y que, en tal sentido la ampliación de los servicios
de atención telefónica es un instrumento de gran importancia para materializar
ese fin;
Que dicho mejoramiento en las comunicaciones implica además, organizar
dispositivos móviles que permitan canalizar la demanda en forma rápida,
por cuanto se hace imperiosa la necesidad de contar con una flota de vehículos
equipados que permita desplazar la acción social de la Secretaría de Promoción
Social por todo el territorio de la ciudad y de ese modo hacer frente
a las variadas situaciones de riesgo social que en ella se detecten;
Que a los efectos de la implementación y desarrollo del aludido programa,
debe preverse la colaboración de otras áreas del Gobierno de la Ciudad
de Buenos Aires con competencia en los distintos aspectos que contempla
el mismo;
Por ello, en uso de las facultades conferidas por los artículos 102 y
104 de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires,
EL JEFE DE GOBIERNO
DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES
DECRETA:
Apruébase.
el "Programa Buenos Aires Presente" que como Anexo I forma parte
integrante del presente.
Autorízase a la Secretaría de Promoción Social a implementar.
y poner en funcionamiento el antedicho Programa, y a solicitar la colaboración
de otras áreas del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires en todas aquellas
materias que resulten necesarias para el mejor cumplimiento de los objetivos
del mismo.
Facúltase a la Secretaría de Promoción Social a suscribir.
en representación del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires contratos
de locación de servicios a tenor del Contrato Tipo que como Anexo II forma
parte integrante del presente, por montos individuales no superiores a
pesos setecientos ($ 700) mensuales y hasta totalizar la suma de pesos
seiscientos mil ($ 600.000).
La Dirección General Oficina de Gestión Publica y Presupuesto.
adoptará los recaudos necesarios para el cumplimiento de lo dispuesto
en los artículos precedentes.
El presente decreto será refrendado por la señora Secretaria.
de Promoción Social y por el señor Secretario de Hacienda y Finanzas.
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