Decreto N° 124/99

Jefe de GobiernoFernando De La Rúa
EmisorGobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Fecha de la disposición20 de Enero de 1999

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETO N° 124/ 99

DEJA SIN EFECTO LOS TÉRMINOS DE LA RESOLUCIÓN N° 4.464-SHYF-98 B.O. N° 649. APRUEBA EL PROYECTO DE CONVENIO DE PRÓRROGA A CELEBRARSE CON LA UNIÓN TRANSITORIA DE EMPRESAS CONFORMADA POR LAS FIRMAS ITRON S.A. ITACO S.A. Y T.T.I. S.A. UTE. - SERVICIO INTEGRAL DE ADMINISTRACIÓN DE COBRANZA DE GRAVÁMENES , RENEGOCIACIÓN DE CONTRATOS , INFORMATION TECHNOLOGY ADQUISITION CORPORATION S.A. , SIEMENS ITRON BUSINESS SERVICES S.A. , TECNOLOGÍA TELECOMUNICACIONES E INFORMÁTICA , ACTA ACUERDO , SERVICIO DE COBRO DE IMPUESTOS , SISTEMA DE COBRANZA , MIGRACIÓN Y ENTREGA DEFINITIVA DEL S.I.A.C. , SOFTWARE , PROCESAMIENTO DE RENDICIONES BANCARIAS , TRANSFERENCIA DE SISTEMA , COMPUTADOR CENTRAL , RED DE TELECOMUNICACIONES , PERIFÉRICOS , BASE DE DATOS

Buenos Aires, 20/01/1999

Visto el Expediente N° 2.599/99; y

CONSIDERANDO:

Que por la Resolución N° 4.464/SHyF/98 se dispuso la extensión de la prórroga del plazo de vigencia del Convenio de Prórroga suscripto el 30 de diciembre de 1996 con la contratista ITRON S.A., Itaco S.A. y T.T.I. S.A., Unión Transitoria de Empresas, por el plazo de tres (3) meses, con vencimiento al 31 de marzo de 1999, haciendo uso de la opción conferida al Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires por el artículo 2°, párrafo in-fine del mencionado convenio;

Que a los efectos del convenio que por el presente se aprueba, se deja sin efecto ni valor la Resolución N° 4.464/SHyF/98, estableciéndose que no habrá derecho a ningún reclamo vinculado o derivado de ella;

Que estando en marcha el proceso de licitación la prórroga es necesaria para asegurar una transición ordenada para un servicio complejo y fundamental como éste;

Que a ese fin se establece la prórroga del convenio sin perjuicio de la facultad que el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires se reserva de denunciarlo anticipadamente, según los resultados de la licitación, la que está en marcha;

Que con el objeto de conferir mayor transparencia al proceso licitatorio y de dotar al citado pliego de la mayor calidad técnica, se dispuso la consulta a todos los especialistas que pudieran hacer aportes en la materia, para lo cual el proyecto elaborado fue puesto a disposición de quien quisiera conocerlo a través de su publicación en Internet, concediendo un plazo razonable para recibir los comentarios y análisis que mereciera la propuesta;

Que por lo señalado anteriormente y por las exigencias en materia de desarrollo del nuevo sistema que no permiten disponer de éste en plazos compatibles con la finalización prevista de la prestación actual, es necesario ampliar el citado período de transición;

Que una nueva contratación para la cobertura del sistema durante el período de transición, implicaría asumir un riesgo muy alto en cuanto a la operación exitosa de la recaudación, en virtud del corto plazo disponible para concretar la misma, la necesidad de comenzar lo antes posible con la adecuación del sistema al año 2000 y el hecho de no haberse completado la capacitación sobre el uso y la transferencia del sistema aplicativo;

Que en orden a los argumentos expresados, la contratista, se avino a acordar una prórroga del contrato vigente con determinados cambios en las condiciones pactadas;

Que el citado acuerdo prevé una reducción del 15 % del precio pactado a partir del 1°-1-1999;

Que además, la mencionada U.T.E. se compromete a adecuar el sistema vigente a las particularidades del año 2000 sin cargo para el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires;

Que se acordaron condiciones más flexibles en relación al proceso de capacitación y transferencia del sistema vigente, así como de los servicios a incluir en la prestación;

Que resulta pertinente aprobar en forma previa a su celebración, el proyecto de convenio elaborado en tal sentido así como delegar facultades en el señor Secretario de Hacienda y Finanzas para la suscripción del mismo, mediante el correspondiente acto administrativo;

Que la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires ha emitido opinión de conformidad a lo establecido por el artículo 7°, inciso d) de la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (Decreto N° 1.510/GCBA/97 -B.O.C.B.A N° 310);

Por ello, en uso de las facultades legales que le son propias;

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Artículo 1°

Déjanse sin efecto los términos de la Resolución N° 4.464/SHyF/98 de fecha 11 de noviembre de 1998.

Art. 2°

Apruébase el proyecto de Convenio de Prórroga, que como Anexo se acompaña al presente y forma parte integrante del mismo, a celebrarse con la Unión Transitoria de Empresas (U.T.E.) conformada por las firmas ITRON S.A., Itaco S.A. y T.T.I. S.A., el que tendrá vigencia a partir del 1° de enero año 1999.

Art. 3°

Delégase al señor Secretario de Hacienda y Finanzas, Eduardo Alfredo Delle Ville, la suscripción en representación del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires del convenio que se aprueba en el artículo precedente.

Art. 4°

El gasto emergente será atendido con la respectiva partida presupuestaria.

Art. 5°

El presente decreto será refrendado por el señor Secretario de Hacienda y Finanzas,

Art. 6°

Dése al Registro; publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y remítase a la Secretaría de Hacienda y Finanzas para su conocimiento y demás efectos.

DE LA RUA

Eduardo Alfredo Delle Ville

DECRETO N° 124

ANEXOS

ANEXO

CONVENIO DE SEGUNDO PERIODO DE PRORROGA

En la ciudad de Buenos Aires, capital de la República Argentina, a los ____ días del mes de _____________ de 1999, entre el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, en adelante G.C.B.A., con domicilio en la Avenida de Mayo 525 de esta ciudad, representado por el Secretario de Hacienda y Finanzas Eduardo Alfredo Delle Ville, de conformidad a la facultad que le fuera expresamente delegada por el señor Jefe de Gobierno a través del Decreto N° _____ de fecha __________ por una parte, y por la otra los señores Raúl Hernández y Fausto Salvati en representación de lnformation Technology Acquisition Corporation S.A. (en adelante ITACO); el señor Luis Cudmani en representación de ITRON S.A. (en adelante ITRON) y el señor Martín Giesenow en representación de TTI Tecnología, Telecomunicaciones e Informática S.A. (en adelante TTI); quienes acreditan la representación invocada con la documentación que debidamente suscripta por los firmantes se agrega al presente y se declara parte integrante del mismo, estas tres empresas (en adelante U.T.E.) convienen en celebrar el presente Convenio de Segundo Período de Prórroga que se sujetará a los siguientes antecedentes y cláusulas:

ANTECEDENTES:

  1. Que el día 2 de enero de 1990, por Decreto Nro. 1/90 la ex Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires (en adelante ex MCBA) llamó a Licitación Pública para contratar un Servicio Integral de Administración de la Cobranza de los Gravámenes, Impuestos sobre los Ingresos Brutos, Contribución Territorial de Alumbrado, Barrido y Limpieza, Contribución de Pavimentos y Aceras, Contribución a la Radicación de Vehículos Generales y Contribución por Publicidad (en adelante el Servicio).

  2. Que el día 21 de diciembre de 1990 se celebró entre la ex MCBA y las empresas ITRON, ITACO y TTI el contrato (en adelante el Contrato) para la prestación del Servicio

  3. Que con fecha 20 de enero de 1993 entre la U.T.E. y la ex MCBA se celebró un convenio por el que se modificaron algunas cláusulas del Contrato y se refinanció la deuda existente a dicha fecha, cuya denominación en adelante es Convenio

  4. Que con fecha 16 de mayo de 1995 entre la U.T.E. y la ex MCBA se celebró un Acta de Acuerdo por la cual se modificaron algunas cláusulas del Contrato y del Convenio y se refinanció la deuda...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR