Decreto N° 1432/99

FirmantesDe La Rúa-Mathov-Delle Ville-Clausse
Jefe de GobiernoFernando De La Rúa
EmisorGobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Fecha de la disposición20 de Julio de 1999

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETO N° 1432/ 99

DESESTIMA SOLICITUDES FORMULADAS POR LA EMPRESA SACTA S.A.

Buenos Aires, 20/07/1999

Visto el Expediente N° 78.489-98 y acumulados, y

CONSIDERANDO:

Que la concesionaria del control técnico vehicular SACTA S.A. peticiona en las actuaciones agregadas al presente que, juntamente con el derecho de patente los usuarios, cuyos vehículos se encuentren radicados en esta ciudad y que no hayan concurrido a la citación para verificación, abonen el respectivo arancel por el control técnico vehicular;

Que a tales efectos, sostiene la concesionaria, que a dicho importe debe adicionarse un equivalente al veinte por ciento sobre el arancel en concepto de gastos de administración;

Que en tal sentido la concesionaria hace llegar periódicamente a esta Administración el arancel de verificación mencionado para que sea remitido juntamente con el derecho de patente a los usuarios, por ella citados, en los distintos períodos;

Que funda su solicitud en lo dispuesto por la cláusula 6.3 del Pliego de Bases y Condiciones Particulares, y el Art. 15 del Contrato de Concesión y en concordancia con su pretensión, indica los importes que entiende le corresponden y la forma en que deberían ser depositados;

Que en virtud de lo peticionario por SACTA S.A. a fs. 41 y 42 del Expediente N° 51.790-94 se ha expedido la ex Dirección General de Regulación y Control haciendo constar que la Dirección General de Contaduría se ha pronunciado al respecto en el Expediente N° 17.242-92 entendiendo que la inclusión en las boletas de pago del impuesto de patentes del importe de la tarifa de verificación, con más el veinte por ciento en concepto de gastos administrativos, no tiene sustento en norma legal alguna;

Que la Dirección General de Rentas en la Carpeta N° 35.019/DGRyEl/98 considera que no está dentro de su competencia agregar los importes referidos a las boletas de patentes, y que, en todo caso, debería liquidarse en formulario independiente por lo que estima inadecuada la solicitud de la concesionaria;

Que a fs. 44 se requiere la intervención de la Procuración General de la ex Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires, la que se expide a fs. 45 y 46 del Expediente N° 51.790-94 y agregado;

Que el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires requiere una nueva intervención de la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires, atento el cambio de autoridades operado; organismo...

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