Decreto N° 1159/99

FirmantesDe La Rúa - Delle Ville - Mathov - Clausse
Jefe de GobiernoFernando De La Rúa
EmisorGobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Fecha de la disposición 1 de Junio de 1999

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETO N° 1159/ 99

DISPONESE LA CADUCIDAD DE LA CESIÓN OTORGADA A LA ASOC. VECINAL POR LA AMISTAD Y LA CONVIVENCIA DEL PREDIO SITO EN LAS CALLES BARRAGAN, AUTOPISTA PERITO MORENO (AU-6) Y RESERVISTAS ARGENTINOS, POR HABER QUEDADO VACIA DE CONTENIDO LA ORDENANZA N° 45.565, B.M. N° 19.220

Buenos Aires, 01/06/1999

DISPONESE LA CADUCIDAD DE LA CESION OTORGADA A LA ASOC. VECINAL POR LA AMISTAD Y LA CONVIVENCIA DEL PREDIO SITO EN LAS CALLES BARRAGAN, AUTOPISTA PERITO MORENO (AU-6) Y RESERVISTAS ARGENTINOS, POR HABER QUEDADO VACIA DE CONTENIDO LA ORDENANZA N° 45.565, B.M. N° 19.220

Visto el Expediente N° 86.398/91 y ag. y

CONSIDERANDO:

Que por Ordenanza N° 45.565 se otorgó a la Asociación Vecinal Por la Amistad y la Convivencia la cesión del predio sito en las calles Barragán, Autopista Perito Moreno (AU-6) y Reservistas Argentinos (Circ. 1; Sec. 95; Mzas. 24 y 25 y remanentes);

Que la citada Asociación Vecinal, fue intimada para que en el plazo de treinta (30) días hábiles manifestara su interés en la continuidad del trámite de los presentes y adjuntara la documentación solicitada en autos, bajo apercibimiento de declarar la caducidad del procedimiento administrativo;

Que vencido el plazo sin que la mencionada asociación agregara dicha documentación, debería tramitarse la derogación de la norma que otorgó el permiso de uso del predio y la desocupación administrativa del mismo;

Que llamada a intervenir la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires, informa que el predio en cuestión no se encuentra en la jurisdicción del Gobierno de la Ciudad, puesto que el mismo fue otorgado a Autopistas Urbanas S.A. (A.U.S.A) en carácter de concesionario, para su explotación y mantenimiento, y que en virtud de ello, la misma lo ha dado en locación a la firma Barragán Tenis S.A.;

Que consecuentemente, la Ordenanza N° 45.565 ha quedado vacía de contenido, correspondiendo disponer la caducidad de la cesión otorgada, mediante el dictado del pertinente acto administrativo;

Por...

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