Decreto N° 1263/98

FirmantesDe La Rúa-Lombardo-Delle Ville
Jefe de GobiernoFernando De La Rúa
EmisorGobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Fecha de la disposición 2 de Julio de 1998

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETO N° 1263/ 98

APRUEBA LOS PLIEGOS DE BASES Y CONDICIONES Y AUTORIZA EL LLAMADO A LICITACIÓN PÚBLICA N° 178-98 PARA CONTRATAR EL SERVICIO DE LIMPIEZA INTEGRAL Y SU MANTENIMIENTO CON DESTINO A DIVERSOS ESTABLECIMENTOS HOSPITALARIOS

Buenos Aires, 02/07/1998

Visto el Expediente N° 18.069/97 y agregado, el Decreto N° 5.720/PEN/72, reglamentario del artículo 61 del Decreto Ley N° 23.354/56, el Decreto N° 386/75 (B.M. N° 14.955); modificado por el Decreto N° 4.968/76 (B.M. N° 15.385) y el Art. 104 de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires, y

CONSIDERANDO:

Que por la citada actuación tramita la aprobación del Pliego de Bases y Condiciones para la contratación del Servicio de Limpieza Integral, y su Mantenimiento (incluye desinsectización, desratización y mantenimiento del espacios verdes), destinado a establecimientos hospitalarios de la Secretaría de Salud;

Que dada la naturaleza del servicio que se propicia, resulta necesario establecer cláusulas no contempladas en el Reglamento de Contrataciones del Estado, e instrumentar un régimen especial de penalidades y de causales de rescisión que permitan resolver los eventuales incumplimientos contractuales;

Que el inciso 128 del Decreto N° 5.720/PEN/72 y modificatorios, reglamentario del Artículo 61 del Decreto Ley N° 23.354/56, adoptado por Ordenanza N° 31.655 (B.M. N° 15.193), prevé la circunstancia mencionada en el considerando precedente;

Que por Decreto N° 386/75, modificado por Decreto N° 4.968/76, se reglamenta el procedimiento de aprobación de Pliegos de Características Especiales;

Que la Comisión de Estudios de Pliegos de Condiciones Especiales, dependiente de la Secretaría de Hacienda y Finanzas, ha elaborado el pertinente proyecto de instrumento licitario;

Que la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires, ha emitido opinión en los presentes actuados;

Por ello, en uso de las facultades conferidas por el inciso 128 del Decreto N° 5.720/PEN/72 y modificatorios, reglamentario del Artículo 61 del Decreto Ley N° 23.354/56 y las facultades legales que le son propias, Artículo 104 de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires,

EL JEFE DEGOBIERNO

DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Artículo 1°

Apruébase el Pliego de Bases y Condiciones elaborado por la Comisión de Estudios de Pliegos de Condiciones Especiales, dependiente de la Secretaría de Hacienda y Finanzas, que...

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