Decreto N° 1263/98
Firmantes | De La Rúa-Lombardo-Delle Ville |
Jefe de Gobierno | Fernando De La Rúa |
Emisor | Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires |
Fecha de la disposición | 2 de Julio de 1998 |
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
DECRETO N° 1263/ 98
APRUEBA LOS PLIEGOS DE BASES Y CONDICIONES Y AUTORIZA EL LLAMADO A LICITACIÓN PÚBLICA N° 178-98 PARA CONTRATAR EL SERVICIO DE LIMPIEZA INTEGRAL Y SU MANTENIMIENTO CON DESTINO A DIVERSOS ESTABLECIMENTOS HOSPITALARIOS
Buenos Aires, 02/07/1998
Visto el Expediente N° 18.069/97 y agregado, el Decreto N° 5.720/PEN/72, reglamentario del artículo 61 del Decreto Ley N° 23.354/56, el Decreto N° 386/75 (B.M. N° 14.955); modificado por el Decreto N° 4.968/76 (B.M. N° 15.385) y el Art. 104 de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires, y
CONSIDERANDO:
Que por la citada actuación tramita la aprobación del Pliego de Bases y Condiciones para la contratación del Servicio de Limpieza Integral, y su Mantenimiento (incluye desinsectización, desratización y mantenimiento del espacios verdes), destinado a establecimientos hospitalarios de la Secretaría de Salud;
Que dada la naturaleza del servicio que se propicia, resulta necesario establecer cláusulas no contempladas en el Reglamento de Contrataciones del Estado, e instrumentar un régimen especial de penalidades y de causales de rescisión que permitan resolver los eventuales incumplimientos contractuales;
Que el inciso 128 del Decreto N° 5.720/PEN/72 y modificatorios, reglamentario del Artículo 61 del Decreto Ley N° 23.354/56, adoptado por Ordenanza N° 31.655 (B.M. N° 15.193), prevé la circunstancia mencionada en el considerando precedente;
Que por Decreto N° 386/75, modificado por Decreto N° 4.968/76, se reglamenta el procedimiento de aprobación de Pliegos de Características Especiales;
Que la Comisión de Estudios de Pliegos de Condiciones Especiales, dependiente de la Secretaría de Hacienda y Finanzas, ha elaborado el pertinente proyecto de instrumento licitario;
Que la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires, ha emitido opinión en los presentes actuados;
Por ello, en uso de las facultades conferidas por el inciso 128 del Decreto N° 5.720/PEN/72 y modificatorios, reglamentario del Artículo 61 del Decreto Ley N° 23.354/56 y las facultades legales que le son propias, Artículo 104 de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires,
EL JEFE DEGOBIERNO
DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES
DECRETA:
Apruébase el Pliego de Bases y Condiciones elaborado por la Comisión de Estudios de Pliegos de Condiciones Especiales, dependiente de la Secretaría de Hacienda y Finanzas, que...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba