Decreto N° 1005/98

FirmantesDe La Rúa - Lombardo - Rodríguez Giavarini
Jefe de GobiernoFernando De La Rúa
EmisorGobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Fecha de la disposición22 de Mayo de 1998

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETO N° 1005/ 98

DESESTIMA RECURSOS DE REVOCATORIA DEDUCIDOS POR LAS FIRMAS SIAD S.R.L., NATURAL FOODS Y ORRICO S.R.L.

Buenos Aires, 22/05/1998

Visto los términos del Decreto N° 1.548/GCBA/97, mediante el cual se procedió a la adjudicación del servicio de elaboración y distribución de comidas en los Hospitales dependientes de la Secretaría de Salud; y

CONSIDERANDO:

Que, la empresa SIAD S.R.L. presenta impugnación contra la norma legal antes mencionada, solicitando la medida de no innovar;

Que, la empresa NATURAL FOODS S.A. interpone recurso de revocatoria requiriendo la modificación y la suspensión del ya citado Decreto N° 1.548/GCBA/97;

Que, la empresa ORRICO S.R.L. también impugna el acto administrativo de marras, por considerarlo groseramente nulo y causante de perjuicio;

Que, en base a la normativa vigente, se ha dado intervención a la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires;

Que, dicho Organismo Legal, previo a cualquier otra consideración, deja constancia que por aplicación de los principios generales que rigen en materia de vigencia de las normas adjetivas con relación al tiempo, dado las fechas en que fueron interpuestas las presentaciones, resulta de aplicación el Reglamento de Procedimiento Administrativo Municipal aprobado por Ordenanza N° 33.264;

Que, efectuado el análisis en el marco de la normativa citada y sin perjuicio de la calificación que le han dado a sus escritos cada uno de los presentantes, la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires manifiesta que en todos los casos se ha deducido recurso de revocatoda, habiéndose interpuesto los mismos en tiempo hábil, conforme las fechas de notificación y de presentación de las vías intentadas;

Que, el citado Organo Legal de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires ha emitido su opinión respecto a los aspectos sustanciales de los recursos aludidos aconsejando su desestimación;

Por ello, de acuerdo a lo dictaminado por la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires,

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Artículo 1°

Desestímanse los recursos...

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