Decreto N° 820/98

FirmantesDe La Rua-Gallo-Mathov-García Espil-Rodríguez Giavarini
Jefe de GobiernoFernando De La Rúa
EmisorGobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Fecha de la disposición 5 de Mayo de 1998

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETO N° 820/ 98

ORDENASE LA DEMOLICION DE UNA SERIE DE CONSTRUCCIONES EMPLAZADAS EN EL DOMINIO PÚBLICO SOBRE EL VEREDON DEL PASEO COSTANERO NORTE CORRESPONDIENTE A LA AV. COSTANERA RAFAEL OBLIGADO

Buenos Aires, 05/05/1998

Visto el Expediente N° 25.735-98, por cuyo intermedio se propicia la demolición de una serie de construcciones emplazadas -en el dominio público-, sobre el veredón del Paseo Costanero Norte, correspondiente a la Av. Costanera Rafael Obligado, y

CONSIDERANDO:

Que oportunamente se llevó a cabo la desocupación administrativa de las construcciones ubicadas a identificadas -incluida su última denominación comercial- del siguiente modo: Plaza N° 3, aproximadamente a 135 metros al Norte del encuentro de la Av. Costanera Rafael Obligado y La Pampa, denominada “LNF", ex- "Yo y El"; Plaza N° 5, aproximadamente a 335 metros ídem anterior, denominada "LNE”, ex- "Mc Papas (Rancho Inn)"; Plaza N° 19, aproximadamente a 20 metros al Este del encuentro de la Av. Costanera Rafael Obligado y la Av. Intendente Güiraldes, denominada "L10", ex- Costanera Planet (Claxxon)`; y Plaza N° 24, aproximadamente a 260 metros ídem anterior, denominada "L1", ex “Pizza Piola (La Posta del Bosque)".

Que a ellas debe agregarse la construcción adicional existente en la Plaza N° 1, aproximadamente a 35 metros al Norte del encuentro de la Av. Costanera Rafael Obligado y La Pampa, anexa a la denominada "LR 11”, ex- "Punta Recoleta".

Que el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires se halla instrumentando una serie de políticas destinadas a la recuperación y valorización de los espacios públicos, para permitir su utilización por parte de todos sus habitantes.

Que el Proyecto encarado para el Área de la Ribera en el tramo "Costanera Norte” persigue la instrumentación del objetivo descripto.

Que el estado de abandono de las construcciones existentes, resultantes de concesiones de uso del espacio público de antigua data llevadas a cabo en el marco que retomara el Decreto PEN N° 2.409-966, AD 380. 1/11, y por lo demás sin valores edilicios o arquitectónicos susceptibles de reivindicación alguna, con una conformación edilicia alejada de los parámetros del proyecto, impondrían la necesidad de importantes inversiones para su eventual restauración, lo cual tomaría inviable y antieconómico el eventual otorgamiento de nuevos permisos de uso por lapsos de hasta 5...

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