Decreto N° 579/98

FirmantesDe La Rua-Rodríguez Giavarini
Jefe de GobiernoFernando De La Rúa
EmisorGobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Fecha de la disposición15 de Abril de 1998

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DENIÉGASE LA VENTA DEL INMUEBLE SITO EN AVENIDA CÓRDOBA 1750

DECRETO N° 579/ 98

DENIÉGASE LA VENTA DEL INMUEBLE SITO EN AVENIDA CÓRDOBA 1750 SOLICITADA POR LA COOPERATIVA DE PROVISIÓN Y COMERCIALIZACIÓN PARA PERMISIONARIOS DEL C.A.M. N° 72

Buenos Aires, 15/04/1998

Visto, el Expediente N° 26.950-97 y agregados, y

CONSIDERANDO:

Que en las citadas actuaciones tramita la solicitud de compra del predio ubicado en la calle Córdoba 1750 por parte de la Cooperativa de Provisión y Comercialización para Permisionarios del C.A.M. N° 72 San Nicolás Ltda., conformada por permisionarios del Centro de Abastecimiento Municipal N° 72 que funciona actualmente en el citado inmueble;

Que tal como lo han expresado las áreas intervinientes el procedimiento previsto por el Decreto N° 4.962-90 configura tan sólo uno de los procedimientos a través de los cuales el Gobierno de la Ciudad puede enajenar los bienes de su propiedad;

Que como consecuencia de lo expuesto la Cooperativa solicitante no posee un derecho subjetivo en relación a la venta del inmueble a su favor, no estando el Gobierno obligado a llevar a cabo la venta, más aún cuando existen razones de oportunidad, mérito y conveniencia que hacen necesario merituar sobre la viabilidad de la oferta formulada en las presentes;

Que a partir de la sanción de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires y su artículo 80, inciso 2°, es el Poder Legislativo quien legisla en materia de bienes públicos;

Que en virtud de las razones precedentemente invocadas resulta oportuno y conveniente preservar el inmueble...

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