Decreto N° 560/98

FirmantesDe La Rúa-Rodríguez Giavarini
Jefe de GobiernoFernando De La Rúa
EmisorGobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Fecha de la disposición14 de Abril de 1998

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DISUÉLVESE LA UNIDAD DIRECTORA DE OBRAS CREADA POR DECRETO

N° 1.824-97, B.O. Nº 355

DECRETO N° 560/ 98

SECRETARÍA DE HACIENDA Y FINANZAS

DISUÉLVESE LA UNIDAD DIRECTORA DE

OBRAS CREADA POR DECRETO

N° 1.824-97, B.O. N° 355

Buenos Aires, 14/04/1998

Visto la Nota N° 21VP1°98, y

CONSIDERANDO:

Que por dicha actuación el señor Vicepresidente 1° de la Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires solicita asumir, con plenas facultades, la conducción de la Obra que se viene planificando y desarrollando en el edificio del Palacio Legislativo (Perú 130), como así también el control sobre la Unidad Directora de Obra de la Legislatura y la custodia total de los bienes que se hallan al interior del edificio;

Que la Ordenanza N° 52.386, promulgada por Decreto N° 1.751GCBA97, determina, en su artículo 5° que "... el funcionario responsable del Programa de Gestión Administrativa del Ex Concejo Deliberante, asumirá a la administración provisoria de los bienes, obligaciones y créditos del Concejo Deliberante...";

Que por el artículo 6° de la citada norma se prevé la entrega a la Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires de los bienes en cuestión en el modo, tiempo y forma que el cuerpo Legislativo lo determine;

Que por Decreto N° 1.824GCBA97, se creó en jurisdicción de la Secretaría de Hacienda y Finanzas la Unidad Directora de Obra de la Legislatura;

Que atento el requerimiento efectuado por el Poder Legislativo de la Ciudad corresponde adecuar el marco normativo que permita dar curso a dicha solicitud;

Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Artículo 1°

Disuélvese, la Unidad Directora de Obras, creada por Decreto N° 1.824-GCBA-97, en la jurisdicción de la Secretaría de Hacienda y Finanzas.

Art. 2°

El Responsable de Programa de Gestión Administrativa del Ex Concejo Deliberante arbitrará las acciones necesarias para la entrega a la Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires del Edificio de Perú 130, de esta ciudad, como así también, la transferencia de la totalidad de los bienes que a la fecha se encuentren en el interior de citado inmueble.

Art. 3°

La Secretaría de Hacienda y Finanzas notificará al Banco de la Ciudad de Buenos Aires de los términos de la Nota N° 021 VP 1998 en lo referente a la desocupación requerida del inmueble que ocupa la citada institución...

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