Decreto N° 396/98
Firmantes | De La Rua-Giannoni-Sáenz Quesada-Kohanoff-Lombardo-Rodríguez Giavarini |
Jefe de Gobierno | Fernando De La Rúa |
Emisor | Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires |
Fecha de la disposición | 26 de Marzo de 1998 |
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
OTORGA A PERSONAL DOCENTE UN ADICIONAL NO REMUNERATIVO, BONIFICABLE POR ANTIGUEDAD
DECRETO N° 396/ 98
OTORGASE A PERSONAL DOCENTE UN ADICIONAL NO REMUNERATIVO, BONIFICABLE POR ANTIGUEDAD
Buenos Aires, 26/03/1998
Visto la Ley N° 23.906 y el decreto N° 2.116-PEN-91, y
CONSIDERANDO:
Que la primera de las normas citadas establece un régimen de financiamiento adicional de la finalidad presupuestaria “Cultura y Educación, Ciencia y Técnica" mediante la afectación específica de recursos;
Que el Decreto N° 2.116-PEN-91 determina el porcentual definitivo de distribución de los recursos antes mencionados;
Que oportunamente la Secretaría de Educación propuso que la distribución de los fondos en cuestión se efectuará mediante el otorgamiento de un adicional no remunerativo a abonarse a todo el personal docente de la entonces Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires;
Que en virtud de lo expresado anteriormente, el personal involucrado percibió ininterrumpidamente el adicional antedicho;
Que consecuentemente se hace necesario el dictado de la norma pertinente;
Que la Secretaría de Hacienda y Finanzas ha tomado intervención en el Decreto N° 2.472-92 (B.M: N° 19.378);
Por ello, en uso de las facultades legales que le son propias (Artículo 104 Inc. 9° de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires),
EL JEFE DE GOBIERNO
DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES
DECRETA:
Otórgase desde el 1° de enero y hasta el 31 de diciembre de 1998, a todo el personal docente dependiente del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, incluido el comprendido en la Ley N° 24.049 y el Decreto N° 964-PEN-92, un Adicional No Remunerativo, Bonificable por Antigüedad, consistente en fijar un valor índice uno igual a doscientos cuarenta y tres diez milésimos de pesos ($ 0,0243) a aplicarse sobre el índice de la asignación por cargo devengado en cada uno de dichos meses.
Autorízase a la Dirección General Administración de Recursos Humanos a liquidar juntamente con los haberes...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba