Decreto N° 1824/97

FirmantesDe La Rua-Rodriquez Giavarini
Jefe de GobiernoFernando De La Rúa
EmisorGobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Fecha de la disposición23 de Diciembre de 1997

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

CREA LA UNIDAD DIRECTORA DE OBRAS DE LA LEGISLATURA DE LA CIUDAD EN JURISDICCION DE LA SECRETARIA DE HACIENDA Y FINANZAS

DECRETO N° 1824/ 97

CREA LA UNIDAD DIRECTORA DE OBRAS DE LA LEGISLATURA DE LA CIUDAD EN JURISDICCIÓN DE LA SECRETARIA DE HACIENDA Y FINANZAS

Buenos Aires, 23/12/1997

Visto, el inicio de la sesiones de la Legislatura de la Ciudad, y

CONSIDERANDO:

Que efectuado un relevamiento en el edificio de la calle Perú 130 de esta Capital, históricamente afectado al otrora Concejo Deliberante, se pudo detectar la necesidad de modificaciones y refacciones de tipo edilicias;

Que dichas obras resultan imprescindibles para dotar a la Legislatura de la Ciudad de un edificio acorde a su estructura de funcionamiento y en adecuado estado de conservación;

Que dicho edificio se encuentra a la fecha en custodia del Responsable del Programa de Gestión Administrativa del ex Concejo Deliberante por imperio de la Ordenanza N° 52.386 (Promulgada por Decreto N° 1.751-GCBA-97)

Que a los efectos de dotar de una sede temporal a la Legislatura se afectaron provisoriamente las instalaciones del Centro Cultural General San Martín, dependiente de la Secretaría de Cultura de este Gobierno;

Que a los efectos de proceder a la realización de las obras mencionadas en tiempos acordes a las necesidades y a los fines de realizar las mismas en un marco de acuerdo con la Legislatura de la Ciudad, resulta conveniente la creación de una Unidad de Organización específica e integrada por profesionales y técnicos propuestos por la Legislatura de la Ciudad y cuyas funciones abarquen la definición técnica del proyecto, confección de pliegos licitatorios, control de ejecución y certificación de obra;

Por ello, y en uso de las facultades que le son propias;

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Artículo 1°

Créase en jurisdicción de la Secretaría de Hacienda y Finanzas la Unidad Directora de Obras de la Legislatura de la Ciudad.

Art. 2°

Las misiones, funciones y estructura de funcionamiento serán las que se detallan en el Anexo I que forma parte en un todo, integrante del presente.

Art. 3°

La Unidad creada en el artículo 1° deberá coordinar su funcionamiento con el Responsable del Programa de Gestión Administrativa del ex Concejo Deliberante.

Art. 4°

Las designaciones de los integrantes de la Unidad...

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